Cuando el juzgado solicita a la AEAT el embargo de la devolución del IRPF ¿Es permanente?

Es decir, si por ejemplo lo solicitó el pasado ejercicio y no obtuvo resultado ¿lo volverá a solicitar este? O ya quedo grabado en la AEAT y automáticamente todos los años y hasta la extinción de la deuda la AEAT podrá embargar las devoluciones sin necesidad de renovarse la solicitud de embargo todos los ejercicios.

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Si la deuda no esta saldada, este año le embargaran la posible devolución... Incluso, en algunos casos, aun estando pagada, se ejecuta el embargo... y tendrá usted que reclamar.

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