Obligaciones sobre los hijos de la pareja en caso de divorcio

Voy a contraer matrimonio con una mujer que tiene dos hijos de un matrimonio anterior, es caso de divorcio,¿qué obligaciones tengo sobre sus hijos?, en el tema de custodia y/o manutención. Y ¿Me puede pedir una compensación económica?.

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Si no son hijos suyos nada le podrá reclamar a usted relativo a esos hijos. Ni custodia ni manutención, para eso estará su padre. Respecto a obligaciones para con esos menores simplemente el tratarlos con respeto y que ellos le respeten a usted. Es importante que usted mantenga los roles en su debido lugar, son hijos de su pareja y de otra persona y a ambos hay que respetarles y usted hará el papel de pareja de la madre y cabeza de la familia de nueva creación y deberá hacerse respetar por ello.

Respecto al tema de la compensación económica, lo único que pudiera llegar a pedirle, llegado el caso y cumpliendo los requisitos establecidos, es una pensión compensatoria.

Muchas gracias por la respuesta y por lo rápida que ha sido.Con respecto a la pensión compensatoria,¿en se se basa dicha pensión?. De nuevo gracias anticipadas.

La pensión compensatoria es una paga que se establece para aquel de los cónyuges que sufre un desequilibrio con el divorcio.

Normalmente se suele instaurar cuando uno de los cónyuges no trabaja y se ha dedicado durante el matrimonio al cuidado de la familia y de los hijos.

Suele ser temporal y condicionada a las circunstancias personales de quien la va a recibir y la duración del matrimonio. Dependerá de la edad, la formación, las posibilidades de incorporarse al mercado laboral, los trabajos que haya hecho en su vida pasada, etc.

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