Subida IPC absorbible por "mejora voluntaria" del sueldo
Buenos dias,
En el convenio colectivo de mi empresa “Oficinas y despachos de Madrid” pone textualmente:
Art. 10 PRINCIPIOS GENERALES EN MATERIA SALARIAL
- Los salarios, dietas y suplidos establecidos en el presente Convenio Colectivo tienen el carácter de mínimos
- El incremento salarial pactado en este Convenio Colectivo no es compensable ni absorbible con las mejoras que por cualquier concepto vinieran ya concediendo las empresas. En su consecuencia, las cantidades que se incluyen en el punto 2 de la tabla económica aneja se abonaran efectivamente, en todos los casos, sobre los niveles que realmente se vinieran percibiendo.
Según este artículo, los incrementos de salario que se publican anualmente, no pueden ser absorbidos por el concepto “Mejoras voluntarias” que incluye la empresa en la nómina. O ¿estoy equivocado?
Muchas gracias