Permiso de estudios a residencia por trabajo

Paso a exponer mi problema. Tengo 22 años y soy nacida en Cuba. Mi madre salió de Cuba cuando yo tenía 15 años a Cabo Verde. Terminé mis estudios de bachiller y antes de cumplir los 18 salí de allí yo también por reunificación familiar. Estuve casi 6 meses en Cabo Verde y durante ese tiempo conseguí una beca para ir a Las Palmas a estudiar. Así que ya cumplidos los 18 vine a Canarias.
Llevo 4 años en España estudiando becada con un permiso de estudios y acabo de terminar la carrera. Para entrar en España lo hice mediante una Visa Shengen por estudios. Actualmente en España tengo el permiso de estudios con validez hasta abril de 2012. En los próximos días tengo la posibilidad de obtener un trabajo de lo que he estudiado y me encuentro con el problema de que no tengo claros los trámites a seguir para tener una residencia que me permita trabajar.
Por un lado leo que tengo que acreditar que no he sido becada, en otro que el empleador tiene que pagar tasas por mi residencia o que la ocupación que vaya a realizar se encuentre el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura y no termino de aclararme con todas estas cuestiones.
Aparte, ¿tengo la posibilidad de ir trabajando desde ya mientras se tramita todo el papeleo de mi residencia o sin embargo tengo que esperar a que se resuelva todo para empezar a trabajar?
Saludos y muchas gracias de antemano.
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Lo que tienes que tener claro es que si no tienes autorización de trabajo de la Administración del Estado no puedes trabajar.
Para los que tienes autorización de estancia por estudios hay dos formas de acceder al mundo laboral:
Uno. Es querer trabajar mientras tengas la autorización de estancia. En este caso el horario de trabajo debe ser fuera del horario de estudios, que los ingresos no podrán tener el carácter de recurso necesario para el sustento o estancia (art. 42 del reglamento)
Dos. Cuando uno haya permanecido tres años como titular de una autorización de estancia, haya superado los estudios con aprovechamiento y no haya sido becado en España o en su país de origen, puede modificar la autorización de estancia por estudios a autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena. Estas son las instrucciones oficiales: http://extranjeros.mtin.es/es/informacioninteres/informacionprocedimientos/documentos2/65.pdf
Si tienes alguna duda me la preguntas
Si lo tienes claro, te rogaría que finalizaras la pregunta y valorases dicha información.

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