Autónomo quiere reagrapar a su mujer desde marruecos?

Soy un joven de 32 años, quiero montar una peluquería, y tengo la novia en marruecos, quiero saber cuanto tengo que declarar en hacienda para poder traerla en españa, y cual de los métodos es mejor para me,, ¿coger el de módulos o de renta directa?

Respuesta
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En primer lugar, para poder reagrupar debe usted estar residiendo legalmente en España desde hace al menos un año, y además también debe haber solicitado la renovación de su permiso de residencia. Sin este primer requisito no podrá reagrupar.

En segundo lugar para reagrupar deben estar casados, ya que habla de novia; en principio si no han contraído matrimonio no podrían acceder a la reagrupación.

Si cumple el requisito de llevar un año residiendo legalmente en España y haber solicitado la renovación y además están ustedes casados, usted tendría que acreditar ingresos mínimos de 800 Euros.

Es indiferente que Usted opte por tributar mediante módulos o no, lo importante es acreditar que sus ingresos alcanzan la cifra de 800 Euros.

AVISO: Este consejo es meramente orientativo, pues no se han examinado documentos ni la atención es personal.

muchísima gracias señora experta, te explico soy un joven marroquí de 32 años llevo 7 años residiendo legalmente en españa, tengo la residencia de larga duración UE, después de trabajar tanto para otras personas decide montar algo propio ya tengo el local y estoy con la obra, solo esta tema de reagrupar a mi futura mujer (si dios quiere y que haremos el matrimonio este verano) quiero empezar cotizando lo correcto, para que cuando pido la reagrupación, no me lo negaran, hay un amigo que tiene el mismo caso y lo negaron aquí en madrid 2 veces por falta de medios económicosme dijo que lo han decho que tiene que declarar en la renta anual 25000euros!!y ahora no se que voy hacer, usted me aconsejas de declarar en la renta mas de 800euros netos al mes, para no tener problemas en el futuro?' mucha gracias de aclarárme lo del 25000 euros anual en la renta señora.?? y gracias otra vez

Lo que marca la Ley es que tus ingresos sean el 150% del IPREM, yo he preferido darte el dato, por lo que insisto el mínimo son 800 € netos al mes. Así lo recoge el artículo 54 del Real Decreto 557/2011.

Es posible que ese amigo del que hablas no solo reagrupara a su mujer sino también a algún hijo, en cuyo caso la cuantía aumenta.

Te insisto también nuevamente en debéis estar casados cuando inicies los trámites de la reagrupación.

Te facilito un teléfono de la Oficina de Extranjería de Madrid (desconozco si te darán información por teléfono pero puedes intentar pedir una cita para informarte antes de presentar la solicitud de reagrupación). 91 272 91 71

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