Devolución multa radar
Mi caso es el siguiente, nos llego de hacienda en 2010 dos cartas de providencia de apremio de 2 multas por radar de Enero de 2009 en Cataluña. Investigando que era, nos comentan que las multas no son el radar, si no por no haber identificado el conductor, el problema es que nunca nos llego ninguna carta para identificarlo puesto que a la dirección que nos lo enviaron no existía, las reclamamos y nos la denegaron y la volví a recurrir vía económico-administrativo y nos acaban de contestar diciendo que nos dan la razón y que nos van a devolver el dinero junto con los intereses que tuvimos que pagar en 2010.
Bien, pues mi pregunta es la siguiente, todavía pueden mandarnos la multa de radar o por el contrario estaría preescrita, las multas son de Enero de 2009 y la sentencia favorable nos acaba de llegar con fecha de Octubre de 2011 (han pasado ya casi 3 años), entiendo que tanto la multa de radar quedara preescrita.
Bien, pues mi pregunta es la siguiente, todavía pueden mandarnos la multa de radar o por el contrario estaría preescrita, las multas son de Enero de 2009 y la sentencia favorable nos acaba de llegar con fecha de Octubre de 2011 (han pasado ya casi 3 años), entiendo que tanto la multa de radar quedara preescrita.
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Respuesta de Abogados Edo
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