Nueva asociación

Mi consulta es debido a que un grupo de educadoras sociales hemos creado una asociación de discapacidad, la hemos registrado y ya.
Mi pregunta es ahora para empezar a trabajar, quienes tenemos que ser autónomos, es necesario ser autónomos o podemos darnos de alta por la asociación, este tema de contratación estamos un poco liadas.
Como lo podríamos hacer para cada una ejercer su profesión, es decir las educadoras pues dadas de alta y trabajar con tal, las logopedas igual, las terapeutas igual...
Muchas gracias
Hola buenas tardes, mi consulta es debido a que un grupo de educadoras sociales hemos creado una asociación de discapacidad, la hemos registrado y ya. Mi pregunta es ahora para empezar a trabajar, quienes tenemos que ser autónomos, es necesario ser autónomos o podemos darnos de alta por la asociación, este tema de contratación estamos un poco liadas. Como lo podríamos hacer para cada una ejercer su profesión, es decir las educadoras pues dadas de alta y trabajar con tal, las logopedas igual, las terapeutas igual...

1 respuesta

Respuesta
1
Lo primero indicarle que para mantener las exenciones del IVA los cargos de la junta directiva no pueden estar remunerados y que si ustedes forman parte de la junta, se podría llegar a entender que es una remuneración por esto... aunque tengan un contrato de trabajo.
La asociación puede contratar como cualquier empresa, cumpliendo los requisitos legales y formales, tanto de Hacienda (retenciones), como de la Seguridad Social... Le recomenamos se pongan en manos de un abogado que les gestione todo el trabajo de la relación laboral y les estudie la mejor situación en relación a su actividad y los datos de cada uno de ustedes.
En algunos casos, si se trato de seminarios, cursos, conferencias, etc. hay posibilidad de realizar pagos legalmente (con retención del IRPF), sin estar en el régimen general o autónomos, si ya están cotizando por alguno de estos sistemas o por la mutualidad correspondiente...
Ademas, dependidendo de las circunstancias, si cobran por el trabajo a los "clientes" o forma parte del objeto social de la asociación... Tendrían que dar de alta la actividad económica y tributar por el Impuesto de Sociedades...
Recuerde que ha de cumplir con la LOPD, en relación al manejo de datos personales de la asociación y que en su caso, parece que trataran datos de alto nivel, por lo que es especialmente importante. Sin olvidar las obligaciones formales como asociación, en cuanto a cuentas, juntas y aprobación de cuentas, memoria de actividades, etc...
Agradecemos valoración de la respuesta.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas