Me han denegado la incapacidad permanente por tener una deuda con la SS
Me han denegado la incapacidad permanente porque tenía una deuda con la SS. De todos modos, en la resolución me ponían que si la deuda la saldaba dentro de 30 días naturales contados a partir del día siguiente a la notificación, se me podría reconocer con la fecha de la resolución, o si por el contrario lo hacía con fecha posterior a dichos 30 días naturales, se me reconocería confecha de primero del mes siguiente al del pago de la deuda.
He realizado el pago dentro de los 30 días naturales. ¿Me reconocerán ahora la la incapacidad y la prestación? ¿Cuánto tiempo tardarán en responderme desde el día que presenté en la oficina de la SS de mi localidad la documentación justificando el pago de la deuda?