Que hacer con IVA Preconcursal

De antemano muchísimas gracias por estar ahí dispuestos a ayudarnos. Mi cuestión es la siguiente: Trabajo en una empresa constructora en concurso de acreedores (Que novedad). Dentro de la deuda reconocida a proveedores, hay proveedores a los que Hacienda les ha reconocido la rectificación de IVA y proveedores a los que no. Aquellos a los que les ha reconocido la devolución nosotros hemos contabilizado la factura rectificativa de IVA y estamos en licitación con Hacienda para su tratamiento como IVA Pre o Postconcursal. Mi empresa decidió no declararlo porque entonces habría que pagar IVA (Está contabilizado pero no incluido en la declaración mod 320).
Está próximo el convenio de acreedores y mi duda es, cuando salgamos del concurso, ¿Que debemos hacer con el IVA soportado correspondiente a la quita que se le practique a los proveedores?. Todo ese IVA está soportado, la quita planteada ronda el 50% y una gran parte de ese IVA no ha sido rectificado y por tanto mi empresa pagará el restante 50% IVA Incluido. ¿Me puede solicitar hacienda la devolución del resto? Si es así... Más vale no salir del concurso porque nos hunde del todo. De igual modo, nosotros tenemos IVA Repercutido con una Inmobiliaria del grupo a la cual le hicimos la factura rectificativa pero ya nos han dicho que al ser empresa del grupo no va a ser aceptada por Hacienda y que no podremos deducirnos esa rectificativa, ¿Como puedo recuperar ese IVA cuando tampoco me lo van a pagar?. Se rumorea una quita también del 50%
Muchas gracias.

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