Contrato Privado
Buenos días, mi situación es la siguiente:
¿Mi empresa ha recibido una demanda en concepto de reclamación de cantidad al no haber hecho frente a una deuda de unos 20.000?. Nosotros reconocemos nuestra culpa, pero la empresa no tiene actualmente capital para pagar esa deuda, es más, no ha llegado ni siquiera a comenzar actividad ni tiene nada a su nombre. Por tanto, hemos llegado a un acuerdo con la parte demandante de pagarle el 25% de la deuda con el compromiso de saldar la deuda completamente en el caso de retomar la actividad. A cambio, ellos retirarán la demanda.
Ya tenemos el acuerdo redactado y estamos conformes ambas partes. Mi pregunta es, ¿cree usted necesario que firmemos ese acuerdo ante notario (por si acaso) o es suficiente firmarlo de forma privada entre nosotros?.
Muchas gracias de antemano por su ayuda.
¿Mi empresa ha recibido una demanda en concepto de reclamación de cantidad al no haber hecho frente a una deuda de unos 20.000?. Nosotros reconocemos nuestra culpa, pero la empresa no tiene actualmente capital para pagar esa deuda, es más, no ha llegado ni siquiera a comenzar actividad ni tiene nada a su nombre. Por tanto, hemos llegado a un acuerdo con la parte demandante de pagarle el 25% de la deuda con el compromiso de saldar la deuda completamente en el caso de retomar la actividad. A cambio, ellos retirarán la demanda.
Ya tenemos el acuerdo redactado y estamos conformes ambas partes. Mi pregunta es, ¿cree usted necesario que firmemos ese acuerdo ante notario (por si acaso) o es suficiente firmarlo de forma privada entre nosotros?.
Muchas gracias de antemano por su ayuda.