Autónomo y asalariado (II)

Suiguiendo con este tema (muchas gracias Mercedes por tu rápida y valiosa respuesta)quería hacer otra pregunta.En la compañía de seguros en la que pretendo entrar a trabajar como cobrador, me dicen que no están seguros de la necesidad de hacerme autónomo para trabajar como cobrador. Por lo visto, en unas oficinas de la Seguridad Social les dicen que sí es obligatorio hacerse autónomo, pero en otras no... Ahora mismo lo que aconsejan es que si los ingresos anuales no van a pasar del salario mínimo interprofesional, no es necesario darse de alta como autónomo... La pregunta por tanto es la siguiente: ¿Hay un nivel mínimo de ingresos a partir del cual es obligatorio hacerse autónomo? Si lo hay, ¿Cuál es? Muchas gracias y un saludo

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Respuesta
1
El criterio que sigue la administración laboral para determinar si una persona está obligada a ser autónomo, es que realice una actividad de forma directa, personal y habitual.
(Yo también he llamado varias veces a la seguridad social y lo que habitualmente dicen es que te des de alta)
Respecto a lo que comentas de que no sobrepasen los ingresos el salario mínimo interprofesional, en la seguridad social a mi, personalmente, no me lo confirmaron, pero parece ser que existe jurisprudencia al respecto.
Te envío un enlace a una página web que quizás te interese.
http://www.mapfreseguros.com/julio99.html
Comentarte por último que si tienes alguna duda respecto al régimen especial de autónomos lo consultes con un asesor laboral o en la tesorería general de la seguridad social que te corresponda por tu código postal. En la página web de la seguridad social tienes un teléfono de consultas (son muy amables)y te pueden solucionar las dudas.
Si deseas realizar cualquier consulta fiscal (impuestos), aquí me tienes...

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