Cuando se produce el devengo ?

cuando se produce el devengo del IVA de un abogado que
desempeña su actividad profesional en una oficina arrendada desde el día 20 de
mayo del ejercicio actual y por un plazo de tres años, a razón de 620 €
mensuales.
a) El IVA se irá devengando periódicamente con
cada pago mensual por el alquiler.
b) El 31 de diciembre del ejercicio actual.
c) Los 20 de mayo de cada año.

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La opción correcta en la A, al ser una operación de tracto sucesivo. Para más información, póngase en contacto con nosotros, saludos,

www.asesorum.es/fiscal

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