Perdida de patrimonio

Buenas tardes, en el año 2011 falleció mi padre y en la escritura de adjudicación de herencia se valoro en 200.000 euros. En 2012 falleció mi madre y acabamos de vender mi hermana y yo el piso que heredamos por 181.000 euros. Al haber una perdida de patrimonio ¿tendremos qué pagar en la Declaración de la Renta?

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Por usted indica, no hay incremento patrimonial y por lo tanto, por este concepto no tributara, aunque lo tendrá que indicar en su declaración. Si tendrán que tributar por ser propietarias de la vivienda durante el tiempo que tardaron en vender, por imputación de renta o por el beneficio fiscal del alquiler en caso de estar arrendada.

También es posible que hayan tenido que pagar la plusvalía municipal, en el momento de realizar la venta.

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