Baja laboral

Cuales son los plazos legales para comunicar a la Seg. Social las bajas, confirmaciones y altas.

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Tanto las altas como las bajas se practican a instancia en primer lugar del empresario en el plazo máximo de 5 días desde la iniciación o cese del trabajo; si no lo hace en ese plazo podrán los propios trabajadores solicitar su alta; pudiendo la Tesorería proceder de oficio en defecto de los anteriores

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