Recargo de equivalencia en S.L.

Buenos días,

tengo dudas respecto al recargo de equivalencia. Según yo tengo entendido el recargo de equivalencia es un régimen especial de IVA, que grava la venta minorista de productos. Creía que sólo era aplicable a autónomos. Yo trabajo en una sociedad limitada de venta, en ocasiones, al por menor, ¿debo aplicarlo a esas facturas?

Un saludo

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El recargo de equivalencia es solo posible si usted factura mas del 70 % como minorista, sin necesidad de emisión de factura... al no ser así, usted no ha de aplicar esto, sino, facturar en el régimen general...

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