Aluiler local

En los próximos días voy a alquilar un local, me han comunicado que he de sumar el iva en el alquiler, al darnos 6 o 7 meses de carencia, ¿mi pregunta es si en esos meses se debe pagar el iva o cuando se empiece a pagar el alquiler?
Por otro lado al pagar el alquiler al arrendador que se le pagaría; ¿La mensualidad + iva(18%) - retención IRPF(19%)?
Todos tipo de locale, tanto taller, almacén, tienda despacho... Están obligados a pagar iva, ¿o siendo a particular no está obligado? Tengo entendido que sí que son todo tipo de locales.
Otra cuestión es que, tras el periodo de carencia el arrendador nos alquilará el local por menos de lo que es el verdadero alquiler durante 10 meses, ¿ahí el iva tendrá que ser abonado por qué cuantía la real de futuro o la vigente hasta pagar lo estipulado?.
Gracias

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1. En los meses de carencia se debe sumar el Iva
2. En principio, todos los tipos de locales están obligados a realizar IVA
3. El iva se abonará por la cantidad vigente hasta pagar lo estipulado.

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