(iivtnu)

Quisiera informarme sobre el Impuesto Sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
Me han dicho que por ser mayor de 65 años el vendedor, por invertir el dinero de la venta de la vivienda habitual en otra vivienda habitual y porque la casa que se ha vendido se compro en 1970, la persona no esta sujeta o esta exenta de pagar este impuesto.
Querría saber si esto es correcto.

3 respuestas

Respuesta
1
El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana es un tributo municipal y por tanto, es diferente en cada ayuntamiento...
Le recomendamos que pregunte en el Ayuntamiento, indicando las características y circunstancias de la operación...
Agradecemos valoración de la respuesta.
Respuesta
1
No, creo que estás confundiendo dos impuestos.
Lo que esta exento de tributación, por dos causas (ser mayor de 65 años y venta de vivienda habitual y por que la vivienda es de 1970) es la ganancia patrimonial obtenida por la venta a efectos de su tributación en el IRPF.
El IIVTNU es un impuesto municipal, distinto del IRPF, y la venta de la vivienda habitual esta sujeta y no exenta, según la ordenanza prevista en el Ayuntamiento donde radique el inmueble.
Respuesta
Lo siento pero sobre impuestos no estoy nada puesto, y no te podría orientar
Que tengas suerte

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