Declarar una herencia sin otros ingresos

Siempre he hecho la declaración conjunta con mi esposo, ya que yo no trabajo, pero mi padre falleció el año pasado y nos dejo dos casas y un garaje, a repartir entre los hermanos, me gustaría saber si podemos seguir haciendo la declaración conjunta, y como tengo que declarar estas propiedades, ya que no me han generado ningún beneficio.

1 Respuesta

Respuesta
1
La declaración puedes seguir haciéndola conjuntamente, según más te convenga.
Cuando se produce una herencia o donación, el heredero no declara ingreso alguno. Su "ingreso" se declara por medio del Impuesto de Sucesiones y Donaciones (sumprimido en muchas Comunidades Autónomas). En renta irán solo los inmuebles como "Inmuebles que solo generan rentas IMputables" (si no están arrendados), que generarán un ingrso ficticio por el disfrute de los mismos. Al ser los inmuebes a repartir entre los tres hermanos, declrarás éstos por la tercera parte de su valor.
Pero tienes obligación de realizar la renta de tu padre, aunque ha fallecido. En su declaración de renta póstuma, se declarará el INCREMENTO PATRIMONIAL por los inmuebles y resto de bienes trasnmitidos que se calcule han incrementado su valor. Así, se tiene que calcular el valor actual de los inmuebles a precio de mercado o tasación y restarlo del precio de adquisición de los mismos anualizado según las tablas de Hacienda.
Este incremento, es un ingreso como Incremento patrimonial en la renta de tu padre fallecido, cuyo período impositivo va desde el 1-1-2009 al día de su fallecimiento.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas