Renta 2009

Hola buenas tardes, haber... Mis dos tíos vivían en un piso de alquiler hasta el 2008. Después se fueron a vivir en un centro gerontológico. Hacen la declaración de la renta por separado. No tienen ninguna propiedad solamente tienen libretas a plazo fijo, cuando se fueron a la residencia decidimos poner la dirección de mi domicilio para recibir la correspondencia de ellos incluido la de Hacienda, ( cosa que yo no tenia ni idea que constaría como domicilio fiscal). Lo hicimos así más que nada por que ellos ya no querían saber nada del tema del papeleo.
Ahora me encuentro que en el borrador de ellos consta domicilio fiscal: mi casa, referencia catastral: la del piso que ellos vivían anteriormente.
Están empadronados en el municipio de la residencia que es distinta al domicilio fiscal
No tengo ni idea de como funciona lo del tema fiscal, tengo muchas preguntas...
¿Qué pasa con la referencia del catastro? ¿Qué referencia debería de poner, la de la residencia (vivienda habitual) o mi vivienda (domicilio fiscal)? Que actualmente percibo devolución.
¿Al constar mi domicilio fiscal, a mi tío le puede perjudicar a la hora de cobrar la ayuda de la dependencia?
¿Si cambio el domicilio fiscal por la de la residencia, en un futuro puedo tener problemas con el tema herencia?
Etc, etc.
Como puedes comprobar estoy completamente perdida. He mirado el manual de la Renda 2009 y francamente no me ha servido de gran cosa.
No quisiera perjudicar a mis tíos por mi desinformación.
No acudo a un gestor por falta de recursos. Dime que tengo que hacer.
Saludos
Gracias.

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El domicilio fiscal es donde se comunica Hacienda con el contribuyente. En este caso, la referencia del pido onde vivían en 2009 no tiene sentido, puesto que en 2009 no han vivido allí y era de alquiler. Esa referencia debe de ser corregida en Hacienda.
Su domicilio real es la residencia y es allí donde deberían de tener también su domicilio fiscal. Si les envían corresopndencia, que la guarden y te la entreguen a ti.
Perjudicarte en cuanto a tus deducciones no tendrás ninguna, puesto que realmente no viven contigo y puedes demostrarlo fácilmente, pero es mejor que si están empadronados en el municipio de la residencia, tengan también allí su domicilio fiscal.
Respecto a la renta es un tema de abogados en derecho civil, pero de cara a lo que me planteas, no tiene ninguna relevancia. Hoy en día, la herencia depende de su testamento, nada más. Si ellos cambian el testamento y donan todos sus bienes a una ONG (por ejemplo), tu no heredarías nada, tengas o no el domicilio fiscal en tu casa.
El testamento lo pueden cambiar en cualquier momento, incluso un minuto antes de fallecer si están con sus facultades, por lo tanto es un tema más de tu relación con ellos, puesto que no eres ni puedes serlo, heredera forzosa.
Con respecto a la Ley de Dependencia no puedo ayudarte tanto. Es un tema de derecho civil, no de fiscal y por lo tanto no sé qué decirte. Fiscalmente no les afectaría, puesto que realmente no viven contigo y eso sería demostrable. Cualquier Tribunal Económico administrativo anularía una posible actuación de Hacienda en ese caso, pero civilmente no sé si esto podría influir. Deberías de preguntar también en la sección de derecho.
Buenas noches enricm2
Muchísimas gracias, me has ayudado mucho, pediré cita para cambiar los datos. En cuanto al tema de la herencia, no era para mí, si no para mi padre, ya que él es hermano de mis tíos que son solteros y sin descendencia, lo preguntaba porque le habían comentado a mi padre que al tener el domicilio fiscal, etc, etc. la residencia podría tener derecho a un % de lo que quede de sus ahorros, ¿? Si es así, espero que lo disfruten ellos antes que la residencia.
Gracias por tu amabilidad
Saludos
raixa

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