Retención IRPF en alquiler de local comercial.

Tengo un local alquilado, (soy arrendador), y he creado con mi mujer una C.B. Que a partir de ahora será quien alquile el local, (antes el contrato era a nombre de ella).
Mi duda es qué debe hacer el inquilino con la retención del IRPF, ¿debo darle los datos de las dos personas que componen la C.B., o debe hacer la retención a nombre de la C.B.?
Respuesta
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Al crear la CB habrá solicitado un NIF con su correspondiente alta fiscal, pues las facturas del alquiler y como consecuencia el contrato de arrendamiento debe girar a nombre de la CB, luego el arrendatario debe declarar/retener todo a nombre de la CB (retenciones/IVA)
Cuando finalize el año, ustedes como comuneros estáis obligados en el mes de marzo del siguiente ejercicio, mediante el modelo 184 a efectuar la declaración de la CB detallando los resultados que le corresponden y la retención que le afecta a cada comunero en función de su porcentaje

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