Declaración hacienda

Hola, soy propietario de un piso en alquiler desde hace 6 meses, ahora mis inquilinos quieren optar a la ayuda para el alquiler joven y tengo que cambiar el contrato, no se cuanto me va a suponer en la declaración de hacienda, se que tributa como rendimientos del trabajo al tipo marginal que me corresponda, pero no se si tengo que cobrar IVA y por tanto hacer declaración cada 3 meses... En la página de alquiler joven especicifica una exención al 100%en la declaración para propietarios que alquilen a jóvenes de menos de 35 años pero me han dicho de que esa ley no entrara en vigor hasta el año que viene. Tampoco estoy seguro si hay un precio mínimo de alquiler para optar a la ayuda ya que no queda muy claro en las bases de esta.
Estaría muy agradecido si me pudiese echar una mano ya que urge el cambio de tipo de contrato y me gustaría hacerlo de la manera más correcta posible.
Muchas gracias por adelantado y un saludo!

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Por partes:
  -IVA:No lleva IVA ya que es alquiler de vivienda y está exento de IVA. Si fuera un local de negocio si llevaría IVA.
-Tratamiento del alquiler para el propietario(aplicable a partir del 2007):Siempre hay que declararlo. Vale. Lo que ocurre que hay unas reducciones sobre los ingresos.
        -Regla general:Se calcula el rendimiento neto (ingresos - gastos) y sobre esto se aplica una reducción del 50%. Por lo que sólo tributa la mitad de los rtos netos
      -Regla especial:Cuando el inquilino tenga menos de 35 años y sus rendimientos del trabajo sean superiores al IPREM(IPREM 2007:unos5900 euros IPREM 2008:unos 6200 euros). En este caso la reducción del rto neto es del 100% por lo que no se tributa nada. Pero ojo hay que declararlo en la declaración. ¿Ok? Y es aplicable ya este año en la declaración del 2007.
Por otra parte aunque no dices nada comentarte que las CCAA suelen dar ayudas a los propietarios y suelen estar bastante bien. Así que enterate en la Consejería de tu CCAA. Lo único que si te la dan tendrás que declararla.
En definitiva el tratamiento fiscal del dueño del inmueble es muy beneficioso, lo que ocurre es que hay un poco de desconocimiento. Incluso hay gente que desconoce que de los ingresos te puedes deducir todos los gastos necesarios para el alquiler. Los que la gente no se suele poner son la amortización y los intereses del préstamo afecto al piso de alquiler.
Por último comentarte que al tener ingresos de alquiler no puedes ir por borrador y tendrás que hacer la declaración de la renta. Puedes solicitarlo pero no hay casillas en el borrador para declara el alquiler. Y te repito y es importante aunque tengas derecho a la reducción del 100% tienes que ponerlo en la declaración de la renta, ya que el inquilino te va a poner la referencia catastral si hace renta.

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