Duda sobre novación

Buenas tardes. Mis preguntas son las siguientes:
1)Voy a firmar una hipoteca para una vivienda habitual próximamente yo sola como titular, por cuestiones fiscales, y dentro de unos tres años mi novio se pondrá también como titular de ella,(la casa está a nombre de los dos)¿Cuánto nos puede costar esto?(A nivel del banco y de hacienda). ¿Qué implicaciones fiscales tiene, si yo sola me estoy deduciendo por una vivienda y después se la deduce mi novio también?.(Durante el tiempo que esté yo sola, perdería el 50% de las deducciones, ¿no?
2)Si nos casamos, ¿me podría yo deducir el 100% de la hipoteca, cómo única titular, al ser ya una sociedad conyugal?.
Y cambiando de tema, 3) ¿Merece más la pena amortizar una hipoteca a 30 años, que a 20 años, para tener más años de deducción?.
En una hipoteca de 100.000 euros al Euribor + 0,60 4)¿Qué se paga durante todo el período de amortización, ese interés, ej, euribor está a 3, se pagaría el 3,60 durante 20 años, o se pagaría el interés de lo que vaya quedando por amortizar del capital, progresivamente?. No sé si me he explicado, si necesitáis alguna aclaración, pedídmela por favor.
Gracias de antemano.

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Creo que tu embrollo se reducirá si:
- La hipoteca la firmáis los dos desde un principio. El hecho de que figure a nombre de los dos no significa que él también esté pagando, y toda vez que podáis demostrar que la hipoteca la pagas solamente tu, no hay problema en que seas la única que deduce.
Así, cuando él se incorpore a pagar también la hipoteca, ya no habrá problema de ningún tipo.
Y por la misma razón, aún casados te podrías deducir tu la totalidad de la hipoteca.
No obstante, este es un tema farragoso que no queda claro ni aún después de leer multitud de consultas de la dirección general de tributos, y más o menos yo saco en conclusión que:
- La titularidad de un inmueble es lo que otorga el derecho a la deducción, pero,
- La demostrable efectividad del pago supone una excepción al principio anterior, dándose, por ejemplo el caso de que tras un nuevo matrimonio el cónyuge que no tiene titularidad del inmueble pasa a deducir, con ocasión de que desde el matrimonio adquiere una cierta proporción del inmueble, si bien no el 50% ya que una parte estaba pagado por el otro cónyuge en momento anterior al matrimonio.
En relación con la hipoteca, decirte que, en general se utiliza el sistema francés, el cual se calcula para obtener cuotas constantes durante todo el tiempo que dure el préstamo. Dichas cuotas están compuestas de una parte de interés y otra de amortización del préstamo. Según este sistema las partes de amortización son al principio muy pequeñas para ir creciendo paulatinamente.
Si, con este sistema, se produce alguna amortización acelerada, lo que se hace es recalcular el préstamo para la nueva realidad, de la misma manera que también se producen nuevos cálculos cada vez que cambia el tipo de interés (para el caso de tener tipo flexible).
Para concluir, decir que para determinar la titularidad o el porcentaje de esta, las Leyes fiscales se remiten a lo dispuesto en el Código Civil, e insistir en que es un cierto barullo...

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