IVA en ventas a países extracomunitarios

Estoy creando una empresa online (solo existirá en Internet) para comprar productos españoles y venderlos a particulares (y tal vez a empresas) en países del sudeste asiático.

Tengo dos dudas:

1.- ¿A mis clientes de estos países no debo cargarles IVA verdad? Es decir, ellos solo pagarán el precio de venta y ni existe el concepto IVA.

2.- A mi empresa, el IVA siempre le saldrá a devolver ya que yo lo pago al comprar en el mercado nacional y no lo cobro en mis ventas a Asia. ¿O existe alguna regulación especial para los productos que se compran para vender en el extranjero?

Respuesta
1

El IVA es un tributo de carácter indirecto que recae sobre el consumo y que grava las entrega de bienes, las prestaciones de servicios realizados por empresas o profesionales y las importaciones de bienes y servicios.
El ámbito de aplicación del impuesto queda limitado al territorio peninsular español y a las Islas Baleares. No quedan incluidas las Islas Canarias, Ceuta y Melilla.
Exenciones del IVA
Para que las mercancías españolas puedan acceder a mercados internacionales en las mismas condiciones que las procedentes de otros países se desgrava el IVA soportado en España.
Están exentas de IVA las siguientes operaciones:
a) Exportaciones intracomunitarias: para que una operación iniciada en un país miembro de la Comunidad y finalizada en otro país también miembro de la Comunidad no tribute dos veces, las entregas intracomunitarias están exentas.

b) Exportaciones al resto del mundo:
· Las entregas de bienes transportados fuera de la Unión Europea por el exportador o por un tercero en nombre y por cuenta del exportador.
· Las entregas de bienes transportados fuera de la Unión Europea por el comprador por un tercero en nombre y por cuenta del comprador.
· Las compras de los viajeros siempre que no sean una expedición comercial, que sean entregas documentadas con una factura con un importe superior a 90,15 €.
· Las compras efectuadas a tiendas libres de impuestos.
· Las prestaciones de servicios, incluidas las de transporte, cuando estén directamente relacionadas con la exportación de bienes fuera del territorio de la Unión Europea. No están incluidas como prestaciones de servicios y, por lo tanto, tienen que pagar IVA:
- El transporte desde el lugar de la producción hasta el lugar donde será envasado.
- El servicio prestado por abogados de asesoramiento.
- La entrega de Embalajes.
· Las operaciones en zonas exentas depósitos francos y aduaneros.
Deducciones del IVA
Ya que las operaciones de exportación y las entregas intracomunitarias están exentas del pago del IVA, los sujetos pasivos pueden deducir de las cuotas del IVA repercutidas aquellas soportadas en les fases anteriores de producción y comercialización de los bienes objeto de estas operaciones.
Se tienen que cumplir un conjunto de requisitos, como que:
· El sujeto pasivo tiene que haber presentado la declaración censal.
· Tiene que poseer un documento que justifique el derecho de deducción, como podría ser la factura original.
Devolución del IVA
Los sujetos pasivos que no hayan podido efectuar las deducciones porque eran superiores a las cuotas ameritadas, tienen derecho a solicitar la devolución del IVA deducible en la declaración-liquidación del periodo en que se ha soportado.
La devolución del IVA se hace cada 31 de diciembre, a no ser que los exportadores se puedan acoger al régimen especial de devolución establecido en el artículo 116 de la ley del IVA. Estos exportadores tienen derecho a hacer la declaración mensualmente en lugar de trimestralmente y a pedir la devolución del IVA también al final de cada mes. También se puede escoger entre la devolución cada final de año o la compensación con el resultado del año siguiente.

A efectos de IVA estos son los principales puntos que debes tener en cuenta. También debes verificar los impuestos especiales que a lo mejor tengas que pagar, averiguar los tramites aduaneros que debes cumplir y el epígrafe en el que debes darte de alta en la AEAT, en los registros especiales, etc.

Espero haberte ayudado.

Si necesitas ayuda en tu negocio online, puedes contratar nuestros servicios en http://www.directconsult.es/emprendedores_negocios_online.htm o a través de Facebook - https://www.facebook.com/directconsult.es.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas