Trabajo puntual

Soy estudiante de Ingeniería en Geodesia, tengo el titulo de ingeniero técnico en topografía y he hecho recientemente un trabajo para una empresa de forma puntual, yo estoy colegiado pero no constituido en empresa ni como autónomo, en la factura que ascendió a unos 3000 euros yo puse el IVA y la empresa me dijo que tenia que introducir retención del IRPF del 15 por ciento, y así lo hice, es la primera vez que facturo algo, quisiera saber que pasos he de seguir a partir de este momento para no tener ningún problema por la realización de este trabajo puntual y si este carácter de puntual es reconocido de alguna manera por hacienda para que no me líen, en mi caso yo no tengo ni ganas, ni dinero para hacerme autónomo y pagar la cuota esa de la seguridad social y lo único que quiero es sacarme algún dinerillo para pagarme la carrera que es mi objetivo principal.

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Entre otras cosas deberás hacer lo siguiente si no lo has hecho ya:
1:Ingresar el IVA que has cobrado en Hacienda con el modelo 300 (del trimestre de la factura) y 390 (resumen anual)
2: Declaración de IRPF, como el importe cobrado es de menos de 5000 euros no tienes obligación de hacer declaración de la renta, a no ser que tengas otros ingresos o que te interese, recibirás de la empresa un justificante de las retenciones y de lo que te pagaron para hacer esa declaración.
Los trabajos de carácter puntual no están reconocidos, he visto varias consultas y siempre exigen el alta en el Impuesto de Actividades Económicas aunque la actividad se haga un único día al año.
El Impuesto de Actividades Económicas (IAE) no es tan grave puesto que ya no se cobra a las pymes.
Sin embargo, el alta en el IAE supone la obligación del alta en autónomos y la Seguridad Social no establece un límite mínimo de ingresos para obligarte al pago de sus cuotas.
La única forma de estar cubierto al 100% sería que cada vez que hagas un trabajo de estos te dieras de alta en el IAE y en autónomos, para darte de baja al día siguiente,.
Es una situación bastante absurda pero es la única legal al 100%.
También tienes la opción de seguir como hasta ahora. Es más que probable que la Seguridad Social no sepa que has realizado esas actividades.
Un saludo, espero haberte ayudado en algo, no olvides puntuar la respuesta.

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