Capitalización del Paro

En primer lugar, quiero agradacerle su dedicación.

Le cuento:

Llevo algo mas de un año en desempleo con derecho a prestación (24 meses) y ahora me ha surgido la posibilidad de trabajar para un empresa de asesoramento financiero en la cual firmaría un contrato mercantil y tendría que darme de alto como autónomo.

Mi pregunta es, el arranque es complicado y me gustaría saber si puedo capitalizar el paro pendiente (unas 10 cuotas de 950) y utilizar para la puesta en funcionamiento de mi nuevo trabajo. El trabajo consiste en conseguir clientes y a estos asesorales sobre tus finanzas (de ahí percibes tu comisión).

El tema que durante un tiempo veo improbable podré sacar un sueldo aceptable y tengo que hacer frente a unos pagos si o si. ¿Existe la posibilidad de solicitar que me abonen esos 10.000 euros aprox. Para mi nuevo proyecto?. ¿Qué tendría que hacer?.

Gracias

Un abrazo

DV

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El pago único constituye una medida de fomento de empleo que pretende facilitar la puesta en marcha de iniciativas de autoempleo que consistan en iniciar una actividad laboral como trabajador por cuenta propia, o en incorporarse como socio trabajador o de trabajo en cooperativas o sociedades laborales en funcionamiento o de nueva creación. Existe 2 forma de capitalizar el desempleo y compatible entre sí. Inversión inicial: Se permite capitalizar hasta un 60% para la inversión inicial. En 2009 se amplió este límite hasta el 80% para jóvenes menores de 30 años y mujeres de hasta 35 años. Ahora el gobierno lo amplia hasta el 100%. Cuotas de autónomo: Sirve para sufragar las cuotas de autónomos por el resto del desempleo no capitalizado para la inversión inicial. Tienes que tener en cuenta que si no necesitas inversión inicial, puedes solicitar el 100% para las cuotas de autónomo. Tienes que presentar la solicitud en la Oficina de Empleo, conjuntamente a la solicitud de alta inicial o reanudación de la prestación contributiva por desempleo o en cualquier momento posterior, siempre que no haya tramitado el alta en Seguridad Social ni iniciado la actividad por cuenta propia. En la solicitud de pago único, debes hacer constar las modalidades de pago único que solicita en función de la actividad que pretendes desarrollar, y la renuncia a aquellas que no solicita. La solicitud del abono en todo caso deberá ser de fecha anterior a la fecha de incorporación a la cooperativa o sociedad laboral, o a la de constitución de la cooperativa o sociedad laboral, o a la de inicio de la actividad como trabajador autónomo. De todas formas aquí te dejo el enlace del SEPE/INEM)para que te informes de como tienes que tramitar la solicitud del pago único y los requisitos que se necesitan para acceder a la capitalización de la prestación por desempleo.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez .. Gracias y un saludo..

http://www.sepe.es/contenido/prestaciones/ag00e.html

Gracias por tu prontitud y tu perfecta explicación.

Tengo una duda el respecto de las "Obligaciones de las personas trabajadoras" de tu enlace.

"Destinar la cantidad percibida a la aportación social obligatoria, en el caso de cooperativas o sociedades laborales, o a la inversión necesaria para desarrollar la actividad, en el caso de trabajadores autónomos con o sin discapacidad".

Mi idea seria en caso de conseguir la capitalización es tener un colchón económico hasta que mi trabajo se estabilice. Podría justificar como gastos necesarios para la puesta en marcha los costes de los trajes, ordenadores, tablets y demás artículos que sin ser puramente necesarios si me ayudarían a darle un buen arranque. En caso de que no pueda ser, existe alguna forma de "envolver" esto para poder disponer de la capitalización?

Gracias de nuevo.

Un abrazo

DV

El dinero de la prestación te lo adelantan para que lo emplees en financiar, los recursos que conlleve el inicio de la actividad por cuenta propia lo de de los trajes no estoy seguro pero si para los, ordenadores, tablets y demás artículos si son parte de los costes de la actividad que vas a desarrollar pero tampoco te puedes olvidar que una parte del dinero de la prestación la puedes destinar a financiar las cuotas de la seguridad social, pero eso ya es cosa tulla, mientras el dinero de la prestación por desempleo lo inviertas en la financiación y puesta en marcha de una actividad por cuenta ajena el SEPE/INEM) no creo te vaya a a poner ningún obstáculo para que puedas cobrar el dinero del paro.. Animo y buena suerte..

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