Despido improcedente por 20 días

El pasado 15 de octubre nos despidieron de la empresa de seguridad por razones objetivas habiendo otros vigilantes con menos antiguedad

¿Seria procedente o improcedente?

Respuesta
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Perdona que no te haya respondido primero pero es que no e podido hacerlo hasta este memento.. Mira, cuando se produce un despido objetivo individual por causas económicas quien selecciona a los trabajadores afectados por el despido es el empresario independientemente de la antigüedad del o de los trabajadores afectado por los despedidos, porque CON LA REFORMA LABORA, ES MÁS BARATO DESPEDIR A UNA PERSONA TRABAJADORA FIJA QUE A UN TEMPORAL UN Ejemplo práctico: Una empresa quiere reducir plantilla, por lo que se plantea elegir entre despedir al personal fijo o
Al personal temporal con contrato de obra y eventual.
CON LA REFORMA, si despide al personal temporal:
- La empresa debe acreditar que ha terminado la obra o servicio que originó el contrato. Tendría que abonar una indemnización de 8 días por año de servicio, incrementándose 1 día por año, hasta 12 días que se alcanzaría en el 2015.
- Si el trabajador no está de acuerdo con el despido, demanda (como suele ser habitual), y si lo gana, la indemnización sería por despido improcedente- 45 o 33 días por año- (la indemnización sería insignificante dado el tiempo de duración del contrato temporal).
CON LA REFORMA, si despide al personal fijo:
- Al ampliarse las causas para despedir, justificar el despido resulta tremendamente fácil para la empresa, y por supuesto más fácil que la prueba de legalidad y el vencimiento de los contratos temporales.
- Declarar el despido como objetivo y procedente resulta muy fácil, y la indemnización pasaría a ser 20 días por año, pero la empresa solo pagaría 12 días por año de servicio, ya que los 8 días restantes sería abonados por el FOGASA en el caso de pymes, (98% de las empresas de este país) y para todas las empresas de menos de 25 trabajadores.. De todas forma

Si tienes alguna duda puedes consultarlo a un sindicato o a un abogado de oficio que puedes solicitar en el juzgado de lo social, por si cabría la posibilidad de demandar a la empresa si se apreciara en el despido alguna causa discriminatoria lo que se consideraría como un despido nulo y te tendrían que readmitir, pero tienes que tener en cuenta que si hay que demandar a la empresa por despido ya sea nulo o improcedente dispones solamente de 20 días hábiles contando desde el día de la firma del despido, para proceder a demandar a la empresa..

yo empece a trabajar en el año 2005 con un contrato de obra y servicio tipo de contrato 401 y el 1 de enero de 2011 castellana de seguridad nos subrogo con las mismas condiciones y hasta mi despido he seguido teniendo un obra y servicio...la obra y servicio por la que fui contratado aun sigue y lo que se ha perdido son otros centros de trabajo...la empresa para justificar el despido ha englobado que aunque son diferentes centros de trabajo todos pertenecen ala misma empresa...yo soy el único que tiene un contrato de obra y servicio

como lo ves

un saludo

Esa circunstancia me la tenias que haber contado desde un principio, porque entonces la cosa cambia bastanteya que casi con toda seguridad estaríamos ante un contrato en fraude de ley y como los contratos en fraude de lay a efectos legales, tienen la consideración de contratos indefinidos, por supuesto que puedes demandar a la empresa por despido improcedente, sobre todo si la obra o el servicio por el que fuiste contratado se sigue realizando pero con otros trabajadores, y ademas porque un contrato de obra y servicio tiene una duración máxima de tres años o cuatro si así lo establece el convenio colectivo.. Por lo tanto deberías de ponerte a disposición de un sindicato o de un abogado porque estoy casi convencido que puedes ganar la demanda y obtener la indemnización correspondiente a la del despido improcedente.. Ya me informaras del resultado.

yo también lo creo...pero la empresa se justifica en todo es un mismo servicio cuando en realidad son diferentes centros de trabajo es decir 2 supermercados un almacen y un cash carry....todos pertenecen digamos al mismo dueño pero son diferentes centros de trabajo y yo fui contratado en su día para en centro cash carry el cual sigue funcionando con los vigilantes que pestaban servicio en el almacen cuyo servicio ha desaparecido..la empresa ha englobado todos los servicios como uno mismo...yo he demandado la empresa y el próximo 15 de enero tengo juicio pero el abogado del sindicato no sabe como enfocar mi caso

yo creo que esta claro mi servicio por el que fui contratado aun sigue y mi contrato no ha variado desde que lo firme en el 2005

espero que puedas ayudarme aconsejar al abogado como tiene que enfocar mi caso

gracias de antemano

Si tu abogado no sabe enfocar una demanda contra una empresa por tener contratado a un trabajador en fraude de ley apaga y vámonos.. Mira con que pida en el SEPE un certificado de los contrato realizados para esa empresa tendrá mas que suficiente como para acreditar que el el contrato de trabajo es un contrato en fraude de ley en primer lugar porque la empresa tiene que dejar muy claro en el contrato de trabajo, el trabajo que tienes que realizar el centro de trabajo donde tienes que realizar la actividad laboral y el grupo profesional en el que quedas encuadrado de forma que si el contrato de trabajo no respeta ninguna de esas condiciones se trata de un contrato en fraude de ley y aunque y la empresa trate de justificarlo con argumentos tan peregrinos como los que me mencionas en tu consulta, ante un juez se trata de un contrato totalmente ilegal razón por la que se te considera como un trabajador indefinido, y en segundo lugr en el certificado del SEPE se demostrara que te as pasado muchos años con un contrato por obra y servicio cuando no se puede permanecer mas de tres o cuatro según acuerdo colectivo, con un contrato temporal por obra porque pasado ese tiempo el contrato de trabajo pasa a ser un contrato indefinido y eso lo sabe hasta el mas atrasado de la clase. Así que di le a tu abogado que ponga un poco de interés en la demanda por despido improcedente porque tiene recursos mas que suficientes para ganar el juicio, claro esta es es que se lo propone o muestra un poquito de interés.. Te recomiendo que entres a ver el contenido del enlace que te dejo mas abajo.. Yo ya no te puedo decir mas de lo respondido por mi parte a tu consulta.. Por favor no se te olvide finalizar la pregunta..

http://laboro-spain.blogspot.com/2009/09/los-contratos-temporales-en-fraude-de.html..

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