Días paro

Tengo una duda si tengo derecho al paro o no, A VER SI AHORA te lo explico mejores
Tengo 346 días pero entre mis cuatro contratos concatenados tuve 18 días de vacaciones retribuidas y no disfrutadas, en el paro me dicen que no se suman ¿no debería tener 364 días y tener paro?
Por otro lado he tenido antes del primer paro 15 días de vacaciones final del contrato que no me lo pusieron y 6 más antes de la reanudación y no se si pueden contabilizarlo ahora.
Pero voy con la pregunta: la ley dice que se tendrán en cuenta los días de vacaciones, y no explica más, luego ¿mis días de vacaciones retribuidas y no disfrutadas aunque estén solapadas con otro contrato cuentan? Desde mi punto de vista son días que te ganastes y como si tuvieses derecho a esos días. No es lo mismo un fijo que este un año y disfrute de vacaciones, que un temporal en dos contratos de 6 meses y estará 1 años más los 30 días de vacaciones y la ley dice que se tienen en cuenta las vacaciones y no da más explicaciones que si solapadas o no, si aparece en la vida laboral deben ponerlo. Pero mira mi vida laboral
A ver voy a ponerte los datos exactos que aparecen en mi vida laboral
ULTIMA REANUDACIÓN: 17.9.2010 AL 19.10.2010
PRIMER CONTRATO: 20.10.2010 al 30.11.2010--> 42 días más 3 de vacaciones retribuidas y no disfrutas según certificado del 1.12.2010 al 3.12.2010
SEGUNDO CONTRATO: 1.12.2010 al 31.01.2011--> 62 días más 3 de vacaciones retribuidas y no disfrutadas según certificado del 1.2.2011 al 3.2.2011
TERCER CONTRATO: 1.2.2011 al 30.6.2011--> 150 días más 12 de vacaciones retribuidas y no disfrutadas según certificado del 1.7.2011 al 12.7.2011
ULTIMO Y CUARTO CONTRATO: 1.7.2011 al 30.9.2011--> 92 días y 0 de vacaciones porque las disfrute en contrato
TOTAL 346 COTIZADOS: 42+62+150+92 y 18 de vacaciones retribuidas y no disfrutadas
¿Qué serían 364 días: 346 + 18 ó solamente 346 y no paro?
¿Me cuentan para el paro las vacaciones retribuidas y no disfrutadas entre contrato y contrato o no?

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La ley dice que el período que corresponda a las vacaciones anuales retribuidas que no haya sido disfrutado con anterioridad a la finalización de la relación laboral será también computable como período de cotización, contándose todos los días que aparezcan en el certificado de empresa, ya deriven de un contrato a tiempo completo o a tiempo parcial. Por lo tanto si no se aclaran en el INEM, tendrás que poner una reclamación al director del Servicio publico de empleo estatal por incumplimiento de lay de empleo, porque según los datos que aportas a ti te corresponde la prestación por desempleo correspondiente a 4 mensualidades, ya que las cotizaciones computables para poder ejercer dicho derecho sobrepasan las legalmente exigidas de 360 días, por lo tanto tienes que exigir a los funcionarios del SEPE o INEM que te resuelvan al cacao mental que se traen entre manos y que te empiecen a tramitar la prestación por desempleo y si no o pones una reclamación al director regional o te presentas a la inspección de trabajo y seguridad social para que te solucionen la situación que te han originado los del INEM.. Yo ya no te puedo decir más porque no hay nada más que añadir Un saludo..

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