Autónoma

Hola, soy autónoma porque soy la administradora de mi empresa que es una sociedad limitada.Aun no cobro nomina ni por ser administradora ni porque trabajo en la empresa, que lo hago de todo. Quisiera saber si quisiera declarar el trabajo que realizo como gerente o directora en la empresa tengo que darme de alta en régimen general y que me contrate la S.L. O basta con el autónomo que pago como administradora.Por otro lado, pronto quiero ser madre y quisiera saber si en todo lo referente a la prestación de maternidad se rige por el estatuto de autónomos o por el régimen general, no se si hay diferencia entre ser trabajador autónomo y ser autónomo de una sociedad.Por ejemplo, en el caso de los autónomas cuando están de baja por maternidad tienen que cerrar el negocio o que las sustituyan, ¿en mi caso que soy administradora que pasaría? Espero que hay entendido mis dudas, muchas gracias
Respuesta
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Hay varias fórmulas, la más normal es darse de alta en autónomos y asignarse una retribución como nomina. (De donde hay que descontar igualmente todos los conceptos como un trabajador normal) Otra opción es solo pagar autónomos sin nomina. (Luego habrá que declarar los ingresos)
La maternidad tines derecho en los 2 regímenes, todo depende de la base de cotización que tengas y sobre la que se calcula la prestación. Cierto es que hay que decir que trabajador te sustituye en ese periodo (pero solo si tienes declrarado en hacienda que eres administradora o socia trabajadora, porque sino se entiende que la actividad de la empresa puede continuar)

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