Carta de despido

El 19/11/2009 recibí una carta de despido en la cual me dicen que la extinción del contrato de trabajo tendría efectos el día 19/01/2009, según lo previsto en el artículo 53.1.c del vigente textodel Estatuto de los Trabajadores.
Y que para esa fecha tendré a disposición la liquidación de saldfo y finiquito.
Hoy viernes ha sido mi último día de trabajo y no he tenido ninguna otra noticia
Por parte del empresario ¿debería ir a trabajar el lunes?
Respuesta
1
Para tratar de ayudarte, necesitaría algún dato más.
Que tipo de contrato tienes.
Que alega la empresa para el despido.
Si has tenido más de un contrato con la misma empresa, y si estos hasn sido consecutivos.
Pero contestando a tu pregunta más directa, si tu ultimo día de trabajo, es el lunes día 19, ese día deberías ir a trabajar, pero también a la vez comunícale a tu jefe, que en el Estatuto, el mismo articulo, te permite ausntarte del trabajo 6 horas a la semana pagadas por la empresa, para buscar trabajo, y ya que no lo has tomado antes, que lo tomas ese día, así podrás no trabajar y que la empresa te lo pague.
Artículo 53. Forma y efectos de la extinción por causas objetivas.
2. Durante el período de preaviso el trabajador, o su representante legal si se trata de un disminuido que lo tuviera, tendrá derecho, sin pérdida de su retribución, a una licencia de seis horas semanales con el fin de buscar nuevo empleo.
Si el despido fuera por causas económicas, plantea demanda, y que la empresa justifique dichas causas, de no hacerlo y conformarte con lo que la empresa te facilite, este tipo de despidos, se indemnizan con 20 días de salario, si demandas, podrás conseguir una indemnización de 45, si ese güera tu caso, ya que desconozco el modelo de contrato, la diferencia, como veras es más del doble.
Si no estas conforme con lo que la empresa te proponga, en el despido o las cantidades, acercate a un abogado, o a un sindicato ellos te ayudaran y defenderán, incluso demandaran por ti.
Cuando decidas terminar puntúa y finaliza.
Tengo un contrato indefinido a tiempo parcial (4 horas al día de lunes a viernes) desde el día 26/12/2005 bonificado. Tengo 48 años, y en la clausula sexta del contrato el empresario obtiene una bonificación der la ss de 66,67 euros/mes. La empresa en el des pido alega, descenso continuado de clientes sin perspectiva de mejoría, y que pondrá a mi desposición el día 19 de enero una indemnización de veint días de servicio por (1.598,649 EUROS) DE LOS CUALES EL 40% LO tengo que solicitar a (fogasa) ella me oaga el 6o%.
Misueldo neto es de 589,58 euros al mes, y en la clausula octava de dicho contrato pone que si se extingue el contrato por causas objetivas la indemnización será de 33 días por año.El convenio es de hostelería, no me fío de ningún sindicato. Contrataré a un abogado,¡¿Estoy en mi derecho si voy a juicio? ¿Me recomiendas aceptar l liquidación o pelear po mis derechos? Me siento estafada, otro número más en el paro.
Gracias de antemano, el empresario intentó que me fuera yo y no darme nada, me dijo todo de palabra, pero yo se lo pedí por escrito.
Como te decía, yo de ti pelearía, aun teniendo que contratar a un abogado particular, o cuando menos, consulta con alguno, para conseguir el máximo de indemnización.
Que la empresa demuestre en el juicio, los motivos por los que te despide, no hagas caso a las palabras, los empresarios, por lo general, y como todos, en algunas circunstancias, solo miran por ellos, sin importarles nada más.
Adelante y lucha. Más vale luchar y perder, que no luchar y darlo todo por perdido.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas