Reanudación en suspensión por desempleo

He realizado una suspensión de la prestación por desempleo que estaba cobrando, debido a que decidí irme a vivir a mexico, el caso es que llevo 4 meses en el país y tengo pensado volver a españa en unos meses, y querría saber que documentación tendría que traer de ese país para reanudar la prestación de desempleo, y en este caso la documentación necesaria con relación a este país, si me vale la fm3 que te dan cuando empiezas a trabajar, si incluso sin trabajar podría llevar algún documento que acredite que e estado buscando trabajo, o si forzosamente tengo que tramitar ante inmigración los tramites para obtener ese documento quería saber si valen copias conpulsadas de los documentos oficiales por algún organismo de este país, en fin la documentación que necesita para que con seguridad me reanuden la suspensión de la prestación por desempleo.

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Efectivamente es causa de suspensión de la prestación por desempleo irse a otro país a buscar trabajo siempre y cuando no se supere el tiempo máximo de 12 meses.
Para la reanudación de la prestación se debe solicitar en la oficina de empleo que le corresponda la reanudación de la misma y lo único que especifica la ley es que el solicitante deberá acreditar que ha finalizado la causa de suspensión y que, en su caso, esa causa constituye situación legal de desempleo.
En cuanto a lo de situación legal de desempleo, unicamente se hace referencia a aquellos que retornan a España porque se les ha extinguido la relación laboral en ese país, y se acredita con la certificación del Área o Dependencia de Trabajo y Asuntos Sociales de la Delegación o Subdelegación del Gobierno correspondiente, en la que conste la fecha de retorno, el tiempo trabajado en el país extranjero, el periodo de ocupación cotizado, en su caso, así como que no tiene derecho a prestación por desempleo en ese país.
No se hace referencia a quien va a buscar trabajo al extranjero y no lo encuentra por lo que deberá comentarles usted el caso a los funcionarios de la delegación de dicho país para que le den una solución, aunque le adelanto que me da la impresión que no obtendrá una respuesta satisfactoria.
Cabe decir, en este sentido, que una parte de los tribunales han venido entendiendo que solo se exigen los requisitos de acceso a la prestación al comienzo de la misma y no después nuevamente, por lo que no debería de acreditarse que no han variado las circunstancias que dieron lugar a la concesión de la prestación (TSJ Andalucia 18-11-94 AS4282 y TSJ de Baleares 15-5-95 AS1785) sin embargo el tribunal supremo en unificación de doctrina considera que se han de mantener las mismas circunstancias que en el momento de su concesión, con lo que no se da claridad al respecto.
No puedo decirle mucho más, si tiene más dudas consúlteme.
Ante todo mil gracias Alejandro veras el caso es que si estoy trabajando acá en mexico pero no me han dado contrato acá a los inmigrantes que empiezan a trabajar les dan el fm3 que es el documento que acredita su situación, no se si me valdría llevar ese documento o que tendría que hacer, en la página web dice que se puede realizar la reanudación de la suspensión si se ha ido a otro país y se ha realizado una búsqueda activa de empleo, el problema aquí en mexico es que no hay un organismo de empleo estilo inem ni nada parecido donde me pueda inscribir por ultimo si sabes algún numero de teléfono al que pueda llamar (del inem) para informarme bien te lo agradecería
Mil gracias ante todo.
Debes acercarte a la delegación o consulado en Mexico que tengamos los españoles para que te informen de si ese documento es válido o no, desde aquí no te lo puedo decir. Para que tengas más información del inem visita la página www.inem.es y ahí tienes información sobre la pretacion y teléfonos de consulta. Poco más te puedo decir desde aquí ya que en la anterior respuesta te reproduje lo que dije la legislación sobre el caso y los antecedentes que hay.
En mi opinión si tu has estado trabajando allí y tienes un documento que lo acredita cumples los requisitos de los que te comente en la primera respuesta, así que solo te quedaría validarlos en el consulado español que son los únicos que te pueden decir si están aceptando esos papeles o no. En cuanto a información te aseguro que no te van a decir más de lo que te dije, ya que aquí no sabrán mucho de los documentos que emiten en Mexico.
Un saludo y si puedo ayudarte más en algo dímelo.

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