Prestación por desempleo

Hola,
Me han concedido 1 año y 6 meses de prestación por desempleo de los cuales he disfrutado 9 meses ya que empecé a trabajar en una empresa.
He causado baja en dicha empresa por no superar el periodo de prueba por lo que vuelvo a estar en situación legal de desempleo.
Mi pregunta es la siguiente: si ahora vuelvo a reanudar el periodo restante (9 meses) y dentro de unos días encuentro un nuevo trabajo y lo vuelvo a interrumpir, ¿tendré derecho a reanudarlo de nuevo si vuelvo a estar en situación legal de desempleo? Es que he escuchado que tan solo se puede interrumpir la prestación por desempleo una vez, después se pierde el periodo no disfrutado.
Muchas gracias,
Aysel.

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La LGSS sólo establece que se extinguirá la prestación, cuando una vez suspendida ésta, se haya realizado trabajo durante:
- 12 meses, trabajando por cuenta ajena o,
- 24 meses, trabajando por cuenta propia.
De tal manera que, si los periodos de tiempo trabajado por ti para otras empresas, en situación de SUSPENSIÓN de la prestación, superase el total de 12 meses (por cuenta ajena), perderías el derecho a REANUDAR LA PRESTACIÓN, ya que se extingue.
Con respecto a número de veces que puede o no reanudarse, NO ESTABLECE NADA.

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