Administrador externo (ni socio ni trabajador) de SA, ¿RETA o RGSS con exclusiones?¿IRPF?

He leído esta respuesta tuya en la que, en la parte final, explicas que un administrador externo no socio ni empleado debe darse de alta en el RETA. ¿Ésto es definitivamente así? Mi duda viene porque en el campo de aplicación del RETA de la web de la seguridad social no aparece este supuesto (aunque tampoco aparece en el campo de aplicación del RGSS...)

En mi caso voy a ser nombrado administrador retribuido de una sociedad anónima de la cual no soy ni socio ni trabajador, dedicada a la gestión inmobiliaria. En caso de tuviera que ser por el RETA, ¿la retención del IRPF sería del 21% o del 42%?

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Hasta donde yo sé es así. De todas formas, vete a la Tesorería General de la Seguridad Social y que te lo confirmen.

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