Buenas, Al presentar el modelo 036 en la Agencia Tributaria, de una SL que que cambia de representante, me solicitan el TIPO DE REPRESENTACIÓN, de las cuales me citan 3 opciones: - Individual - Mancomunada - Solidaria A grandes rasgos, me podrían indicar las diferencias entre ellas.
1 Respuesta
Respuesta de virest
1
1
virest, soy trabajadora social , con conocimientos de derecho , podeis...
Hay dos tipos de responsabilidad, si hay una sola persona la responsabilidad es individual es ununico individuo el que responde Responsabilidad Colectiva:se da cuando hay un conjunto de personas que pueden ser responsables en este caso se estudia la responsabilidad que tienentienen cada una de ellas Tipos Solidaria existe esta responsabilidad cuando los acreedoresde la indemnización tienen la potestadde exigir a cualquiera de los responsables el cumplimiento de la deuda o indemnización Aqui el acreador pude exigui responsabilidad a cualquiera de los implicados y este debe responder por la totalidad de la deuda Mancomunada Es cuando la indemnización o la deuda se exige a todos los responsables, la responsabilidad se divide en partes independientes En este caso el acredor exige la responsabilidad a todos por igual en su conjunto y cada uno deberá pagar una parte proporcional Para saber que tipo de responsabildad tiene tu empresa deberás repasar los estatutos, estos dirán que tipo de responsabilidad que existe en tu empresa Espero haber aclarado tus dudas Esther Bravo Abogada de Virest Consultoría Social