Dudas sobre sociedad limitada

He leído tu respuesta y parece que tienes mucha idea de este tema con lo cual paso a preguntarte un tema que nos preocupa a mi marido y a mí... Mi marido comienza a partir de septiembre como autónomo trabajando como profesor de inglés para dos empresas. El tema es que por ley se ha creado la figura del autónomo dependiente (ya está aprobada pero no está en vigor hasta octubre) según la cual, si una empresa te genera más del 75% de tus ingresos, están obligados a pagar al autónomo 18 días al año, indemnización en caso de despido y una serie de beneficios que antes no existían. En fin, resulta que una de las empresas de mi marido le genera más del 75% de los ingresos y como no quieren responsabilizarse de mi marido en cuanto a estos beneficios, le han propuesto crear una sociedad limitada para que así ellos no tengan ninguna responsabilidad en caso de despido o vacaciones... El tema es que crear una sl lleva unos gastos de 3600 euros aprox. Entre capital y gestiones.. ¿es esto cierto o se puede crear una sl sin capital? En caso contrario, ¿hay alguna forma de crear una especie de empresa sin coste adicional (un mero trámite) para que este problema desapareciera? ¿Tienes alguna sugerencia?

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Vamos a ver, actualmente, y si leíste la respuesta lo comprobaste, sale más beneficioso estar como autónomo persona física que crear una SL. Para crear una SL se tarda aproximadamente 3 meses y y unos 600 euros, ya que los 3000 son una aportación de capital que luego se recupera una vez constituida (en teoría eso sirve para financiar el activo de la empresa). En vuestra situación no os aconsejaría montar una SL para el fin que me comentas, ya que como profesor le interesa más trabajar como persona física y pagarse su autónomo. En cuanto a las responsabilidades que recaen sobre la empresa usuaria no tiene más remedio que aceptarlos ya que como bien comentas el nuevo estatuto del trabajador autónomo ya ha sido aprobado y se ha hecho justicia con personas como vosotros que os encontráis en muchas ocasiones en situaciones de hace 100 años con la revolución industrial.
Me cuesta encontrar una salida beneficiosa para ambos en esta situación, ya que para vosotros seria bastante más costoso montar una SL para este fin, a no ser que ellos se hicieran cargo de parte de estos gastos que se ocasionaran, sin contar con las obligaciones contables y registrales que os acasionaran y para las cuales necesitareis la ayuda de un gestor o asesor al que también tendréis que pagar.
Otra posible situación seria sencillamente declarar menos ingreso por parte de esa empresa o más ingreso por parte de otras para desvirtuar ese 75 por ciento, lo cual también os perjudica pero al menos no es tan gravoso como montar una SL.
Si tenéis más dudas sobre la figura del profesor y su tratamiento fiscal consultadme, yo igualmente mirare bien el estatuto del trabajador autónomo por si hubiera algo en lo que apoyarnos.
Alejandro muchas gracias por tu respuesta, me ha aclarado bastantes dudas aunque se me olvidó preguntarte una cosa.. mi marido una vez dado de alta como autónomo va a pagar unos 250 euros de seguros sociales pero desconozco cuales serían los gastos mensuales de una sociedad limitada.. antes de hablar con esta empresa e intentar negociar, me gustaría saber aproximadamente de los costes que esto nos supondría (sin contar el gestor).. aparte de los 600 euros que nos comentas por las gestiones.. muchas gracias
Pues en cuanto a gastos fijos de una SL, no difieren en los que pueda tener a un autónomo, los corrientes típicos como agua, luz, teléfono y eso y después depende del tipo de empresa que hablemos y de la actividad que tenga. En su caso, una actividad como la suya de enseñanza dependerá si es a domicilio o es en un centro por ejemplo.
Si a lo que te refieres es si una SL tiene una serie de gastos fijos que no tienen los autónomos persona física no es así salvo el tema que ya he comentado del asesor gestor que lleve el tema de contabilidad e impuestos.
En cuanto a obligaciones fiscales, trimestralmente tendréis que pagar IVA o compensarlo en función de cuanto facturéis en A y cuanto en B, ya que tendréis poco gasto por el tipo de actividad (material de enseñanza, teléfono, desplazamientos y poco más), también tendréis que pagar retenciones si contratáis a alguien. Anualmente tendréis que pagar el impuesto de sociedades y poco más. Os hago un pequeño calendario de pagos fiscales:
Enero: iva, retenciones
Febrero: nada
Marzo: nada
Abril: iva, retenciones y pago a cuenta del impuesto de sociedades
Mayo: nada
Junio: nada
Julio: impuesto de sociedades, iva y retenciones
Agosto: nada
Septiembre: nada
Octubre: iva, retenciones y pago a cuenta impuesto de sociedades
Noviembre: nada
Diciembre: pago a cuenta impuesto de sociedades.

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