Sociedad civil privada mi socio me vende su parte.

Soy socio capitalista al
50% en una SCP desde hace casi tres años, mi socia al 50% y su hija trabajadora de la empresa, mi socia trabaja y aparte de pagarle los autónomos, se le paga un sueldo 450,- euros, nuestra empresa esta dentro del sector de la jardinería, con sueldos muy pequeños, la hija cobra 750,- euros, yo nada, llevo la parte de administración la relación con los bancos, etc. Ejerzo de Gerente, ahora me comentan que quieren dejar el negocio, pues no les interesa trabajar los sábados y domingos 3 horas, que les haga una oferta, yo en este periodo de tiempo, solo he hecho que invertir dinero, y ellas cobrar su sueldos a cambio de trabajo, les comente que el autoempleo tiene un coste, pero se niegan a reconocerlo, la verdad es que por circunstancias, en los últimos 3 meses estoy más horas en el negocio, y se encuentran algo molestas pues hacían y hacen los horarios que les parece y no aceptan al 100% mis decisiones en la dirección, alegando su parte del negocio, yo les voy a ofrecer inversión inicial + existencias, menos existencias pendientes de pago + - saldo bancos.
Si no se conforman con este pago, que puedo hacer, puedo como socio pedirles
Que una de ellas deje de trabajar para encontrar otra persona más profesional en el sector y que de más rendimiento a la empresa, o que puedo hacer, ellas ganan dinero yo solo invierto, no lo reconocen, estoy cansado de la situación.
Deseando recibir tus consejos sobre el caso.

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Vayamos por partes. Si la hija de tu socia trabaja en la empresa con contrato sólo tienes que despedirla, y si trabaja sin contrato ni eso. Te aconsejo que te deshagas de ella con la máxima rapidez y contrates a alguien más profesional. En cuanto a tu socia, puedes comprar su parte o no hacerlo. Si se quiere marchar que disuelva la empresa. No tienes porque ofrecerle las existencias, las existencias pertenecen a los dos socios la 50%, menos existencias pendientes de pago, claro.
Si no accede a ello sólo tienes que dirigirte a la delegación de Hacienda correspondiente y pedir la disolución de la empresa, ante lo cual la sociedad se ve obligada a partir debe y haber al 50% entre los socios. Nada más.
Cuando en una sociedad los socios usan la capacidad de los trabajadores para influir en la dirección de la misma lo mejor es disolver la sociedad. Esto es una ventaja de la SCP, ya que si fuera una SL no podrías hacerlo, sólo exigir tu indemnización mediante la venta de tus acciones, si existieran.
Mi consejo es disolver la sociedad. Entrégale a tu socia, la trabajadora no es importante en este caso, un escrito en el que le comunicas la disolución de la empresa de manera inmediata, acompaña el escrito con la comunicación hecha a hacienda, y un plazo máximo de 7 días para hacerlo. Si pasado ese plazo la empresa no ha sido disuelta al 50% no dudes en incohar el pleito civil correspondiente.
Te advierto lo siguiente. Si al final consiguen que abandones la empresa sin disolverla, hacienda te reclamará tu parte en las obligaciones en las que tu socia pueda incurrir.
También ten muy claro que esto son negocios, nada más.
Otro consejo, las cuentas de la empresa deben ser constatadas y el banco debe ser avisado de que sólo se aceptarán pagos a terceros mediante pagarés, y que sólo se puede sacar dinero de las cuentas mediante la firma expresa del gerente.
Suerte y un saludo.

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