Me siento una fracasada y muy triste
Hola ! Espero que me pueda ayudar, le cuento que tengo 27 años (nací el 2 de enero de 1982)mi vida siempre fue algo trágica a los 13 años me violaron y siempre fui atacada por la gente que de alguna manera me dañaba ya sea hablando mal de mi o agrediéndome.
Desde hace mucho tiempo que me siento tiste y deprimida no tengo ánimos para nada sumado a eso no puedo dormir y cuando lo logro tengo muchísimas pesadillas siempre sueño con serpientes (los otros día soñé que me las comía una víbora asada y luego la escupía).
Estoy casada con un hombre al que veo muy poco por que trabaja fuera de la ciudad pero no me siento acompañada.
Muchos parapsicologos me dijeron que me hicieron un daño ya no se que hacer de mi vida siento que soy un fracaso total sin trabajo sin carrera sin hijos etc.
Espero me puedan ayudar
Desde hace mucho tiempo que me siento tiste y deprimida no tengo ánimos para nada sumado a eso no puedo dormir y cuando lo logro tengo muchísimas pesadillas siempre sueño con serpientes (los otros día soñé que me las comía una víbora asada y luego la escupía).
Estoy casada con un hombre al que veo muy poco por que trabaja fuera de la ciudad pero no me siento acompañada.
Muchos parapsicologos me dijeron que me hicieron un daño ya no se que hacer de mi vida siento que soy un fracaso total sin trabajo sin carrera sin hijos etc.
Espero me puedan ayudar
Respuesta de experto2
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Yo creo que tienes síntomas de depresión yo soy partidario de que acudas a un psicólogo y les expliques el problema que tienes yo creo que estas pasando una mala racha y que estas triste y yo te puedo aconsejar que sigas los consejos o la ayuda de profesionales de la salud que son los mejores que te pueden ayudar a buscar una solución a tus problemas espero haberte ayudado
Depresión - Sus Causas
La depresión puede ser de tipo reactivo (de afuera) o endógeno (de adentro). En el primer caso, constituye la respuesta hacia un estímulo externo que ocasiona duelo (la muerte de un ser querido o la pérdida de un trabajo); sin embargo, cuando éste no logra superarse, se transforma en depresión y pierde relación con el estímulo inicial.
En el segundo caso, se trata de procesos que nada tienen que ver con la realidad, la persona simplemente se deprime sin existir una causa real.
Una tercera postura es la que considera que en una depresión pueden estar implicados ambos factores, tanto endógenos como exógenos, en distintas proporciones en los distintos pacientes.
Síntomas de la Depresión
En la depresión se identifican varios síntomas, algunos son más frecuentes que otros o más intensos en determinadas personas, cada caso nos muestra una depresión distinta.
Lo más frecuente es encontrar un estado del ánimo triste, ansioso o vacío, sentimientos de desesperanza y pesimismo, culpa e inutilidad.
Tratamiento de la Depresión
Tratamiento de la depresión ha de ser abordado por profesionales de la salud, psiquiatras o psicólogos, y los métodos son diversos, según los casos.
Si estamos ante un episodio agudo de depresión o ante un período de progresivo deterioro, estará indicada la hospitalización.
Aunque el tratamiento con medicación es siempre recomendado para aliviar el sufrimiento, es necesaria la psicoterapia para ayudar al paciente a solucionar sus conflictos y expresar sus problemas.
Mira estas páginas web
Links
http://www.tododepresion.com/index.html
http://www.cop.es/colegiados/M-00451/DEPRE.htm
Depresión - Sus Causas
La depresión puede ser de tipo reactivo (de afuera) o endógeno (de adentro). En el primer caso, constituye la respuesta hacia un estímulo externo que ocasiona duelo (la muerte de un ser querido o la pérdida de un trabajo); sin embargo, cuando éste no logra superarse, se transforma en depresión y pierde relación con el estímulo inicial.
En el segundo caso, se trata de procesos que nada tienen que ver con la realidad, la persona simplemente se deprime sin existir una causa real.
Una tercera postura es la que considera que en una depresión pueden estar implicados ambos factores, tanto endógenos como exógenos, en distintas proporciones en los distintos pacientes.
Síntomas de la Depresión
En la depresión se identifican varios síntomas, algunos son más frecuentes que otros o más intensos en determinadas personas, cada caso nos muestra una depresión distinta.
Lo más frecuente es encontrar un estado del ánimo triste, ansioso o vacío, sentimientos de desesperanza y pesimismo, culpa e inutilidad.
Tratamiento de la Depresión
Tratamiento de la depresión ha de ser abordado por profesionales de la salud, psiquiatras o psicólogos, y los métodos son diversos, según los casos.
Si estamos ante un episodio agudo de depresión o ante un período de progresivo deterioro, estará indicada la hospitalización.
Aunque el tratamiento con medicación es siempre recomendado para aliviar el sufrimiento, es necesaria la psicoterapia para ayudar al paciente a solucionar sus conflictos y expresar sus problemas.
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Gracias por responder, te cuento que fui a muchos psicólogos y psiquiatras.
Al principio cuando tomaba la medicación me sentía un poquito mejor pero después mis síntomas empeoraban, incluso el día de hoy a causa de esas pastillas que tome me produjeron una especie de adicción y al no tomarlas no puedo dormir.
Y con respecto a las psicoterapias las psicólogas a las que acudí ya no quisieron seguir atendiéndome.
Tal vez no encontré un profesional ideal a mi situación que me saque de esto.
Saludos y nuevamente gracias
Al principio cuando tomaba la medicación me sentía un poquito mejor pero después mis síntomas empeoraban, incluso el día de hoy a causa de esas pastillas que tome me produjeron una especie de adicción y al no tomarlas no puedo dormir.
Y con respecto a las psicoterapias las psicólogas a las que acudí ya no quisieron seguir atendiéndome.
Tal vez no encontré un profesional ideal a mi situación que me saque de esto.
Saludos y nuevamente gracias
Lo único que te puedo aconsejar es que te pongas en contacto con la asociación en defensa del paciente les explicas tu caso y como tienen un departamento jurídico te asesoraran y te ayudaran por lo demás no se como ayudarte porque si ya me comentas que has ido con muchos psicólogos y psiquiatras no se como ayudarte te lo digo de todo corazón lo único que te puedo recomendar que expongas tu caso en la asociación en defensa del paciente y ellos estudiaran tu caso es la única cosa más que se ocurre.
Asociación en defensa del paciente
Si deseas hacer una reclamación a través de El Defensor del Paciente puedes llamar al número de teléfono 91 465 33 22 (Madrid) o bien puedes hacerlo on-line exponiendo tu caso al e-mail:
[email protected]
Derechos del usuario de sanidad
Todos tienen los siguientes Derechos con respecto a las distintas administraciones públicas y sanitarias:
1º. - Al respeto a su personalidad, dignidad humana e intimidad sin que pueda ser discriminado por razones de raza, de tipo social, de sexo, moral, económico, ideológico, político o sindical.
2º. - A la información de los servicios sanitarios a que puede acceder, y sobre los requisitos necesarios para su uso.
3º. - A la confidencialidad de toda información relacionada con su caso y con su estancia en instituciones públicas y privadas que colaboren con el sistema público.
4º. - A ser advertidos si los procedimientos de diagnóstico y terapéuticos que se apliquen pueden ser utilizados en función del proyecto docente o de investigación, que en ningún caso podrá comportar peligro adicional para su salud. En todo caso, será imprescindible la previa autorización por escrito del paciente y de la aceptación por parte del médico y de la dirección del correspondiente centro sanitario.
5º. - A que se le dé en términos comprensibles, a él o a sus familiares o allegados, información completa y continuada, verbal y escrita sobre su proceso e incluyendo pronóstico, diagnóstico y alternativas de tratamiento.
6º. - A la libre elección de las opciones que le presente el responsable de su caso, siendo preciso el previo consentimiento escrito del usuario para la realización de cualquier intervención; excepto en los siguientes casos:
A) Cuando la "no intervención" suponga un riesgo para la salud pública.
B) Cuando no esté capacitado para tomar decisiones, en cuyo caso corresponderá a sus familiares o a personas allegadas a él.
C) Cuando la urgencia no permita demora por poderse ocasionar lesiones irreversibles o existir peligro de fallecimiento.
7º. - A que se le asigne un médico, cuyo nombre se le dará a conocer y que será su interlocutor principal con el equipo asistencial, y en cuya ausencia, otro facultativo asumirá su responsabilidad.
8º. - A que se le extienda un certificado acreditativo de su estado de salud; cuando su exigencia se establezca por disposición legal o reglamentaria.
9º. - A negarse al tratamiento, excepto en los casos señalados en el apdo. 6º, debiendo para ello solicitar el alta voluntaria, en los términos que se señalan en la propia Ley.
10º.- A participar a través de las instituciones comunitarias, en los términos establecidos en esta Ley y en las disposiciones que la desarrollen.
11º.- A que quede constancia por escrito de todo su proceso al finalizar su estancia en una institución hospitalaria. El paciente, el familiar o la persona allegada podrán recibir el informe de alta.
12º. - A utilizar las vías de reclamación y de sugerencias en los plazos que reglamentariamente se establezcan.
13º. - A elegir médico y los demás sanitarios titulados de acuerdo con las condiciones contempladas por esta Ley en las disposiciones que dicten para su desarrollo y en las que regulen el trabajo sanitario en los centros de salud.
14º. - A obtener medicamentos y productos sanitarios que se consideren necesarios para promover, conservar o restablecer la salud, en los términos que reglamentariamente se establezcan para la Administración del Estado.
Respetando al peculiar régimen económico de cada servicio sanitario los derechos contemplados en los apartados 1, 3, 4, 5, 6, 7, 9 y 11; de este artículo serán ejercidos también con respecto a los centros de servicios privados.
¿Cómo reclamar en los centros privados?
Lo más conveniente es dirigirse al responsable del centro, mejor por escrito; si no queda satisfecho con la respuesta, siempre puede acudir a los servicios de su comunidad autónoma.
Lo más frecuente es que la relación con los centros privados se haya establecido a través de un seguro sanitario, en cuyo caso los problemas y las posibles soluciones pueden venir por dos vías:
1ª. Si el problema ha surgido en relación con el profesional o el hospital concertado con la compañía de seguros. Por ejemplo: El médico no le ha tratado bien; en este caso deberá dirigirse tanto al propio centro como a la entidad aseguradora. Si pretende que el médico sea penalizado puede recurrir al Colegio de Médicos correspondiente. Desde la Asociación el Defensor del Paciente no recomendamos esta opción, ya que por nuestra experiencia hemos podido comprobar que el Colegio de Médicos exclusivamente defiende al médico, lo que se conoce como corporativismo.
2ª. Si el problema ha surgido con la aseguradora. Por ejemplo: Discrepancias con la cobertura del seguro; en este caso será cuestión estricta de Consumo, debiendo acudir al Servicio de reclamaciones de la Dirección Gral. de Seguros (las resoluciones de estos organismos no son vinculantes, pero sirven para solucionar los problemas planteados en caso de que decida acudir a los Tribunales).
Cuando los errores son tan graves que ocasionan perjuicios irreparables o de difícil solución, recomendamos acudir a la vía judicial, siempre y cuando no sea posible una solución de mutuo acuerdo y beneficiosa para el perjudicado. Lo mejor es consultar a un abogado especialista en temas médicos.
El INSALUD tiene contratado un seguro de responsabilidad civil que cubre los daños ocasionados por el personal sanitario. Poniendo los hechos en conocimiento del INSALUD se abrirá la oportuna investigación y en el plazo de tres meses debe obtener una respuesta.
Ante casos de mala atención por parte del personal sanitario, no dude en reclamar y exigir responsabilidades.
La responsabilidad de los daños producidos puede exigirse por tres vías diferentes (civil, penal y contencioso-administrativa); aunque en la práctica se observa que las dos primeras son las más utilizadas, lo mejor es consultar con un abogado sobre:
-Los beneficios de la vía civil, cuando se pretende una indemnización por parte del responsable (profesional médico que consideramos culpable o negligente).
-La rapidez y casi gratuidad, aunque menos profundidad, de la vía social.
Las ventajas de la víctima si se constituye en parte: ¿Qué es la querella, qué efectos tiene?, ¿Qué es la denuncia?, ¿Cómo se fórmula?, ¿Quién puede formularla?, ¿Ante quién se presenta y qué efectos tiene?. Plazos para la interposición de denuncias por la vía penal (pretensión de cárcel y/o inhabilitación) y lo poco recomendable que puede resultar en estos temas la vía del contencioso-administrativo.
Sucede en el 90 % de los casos y lo que debemos pedir a nuestro abogado es que solicite al juez un contraperitaje, ya que no estamos de acuerdo con el que se ha emitido.
También, informar al fiscal del caso.
En primer lugar, al interponer la demanda, tener constancia de todos los costes del proceso e incluirlos en la indemnización solicitada para que sea la parte contraria quien los asuma en el caso que dicha parte pierda el pleito. El abogado debe darnos información continuada sobre la marcha de las diligencias y las declaraciones de los médicos, si se hubiesen realizado.
En caso de que la denuncia fuese archivada, estar pendiente de que el abogado prepare el recurso pertinente en tiempo y forma (tiempo: el previsto por la Ley; forma: tipo de recurso procedente). En caso de no prosperar el recurso, debemos saber que disponemos de otra vía. Después de agotadas todas las vías podríamos hacernos con una nueva prueba, por ejemplo, un informe médico; ello sería suficiente para que pudiéramos solicitar la reapertura del caso.
En caso de no entendimiento con el abogado solicite la venia al Colegio de Abogados.
Si deseas hacer una reclamación a través de El Defensor del Paciente puedes llamar al número de teléfono 91 465 33 22 (Madrid) o bien puedes hacerlo on-line exponiendo tu caso al e-mail:
[email protected]
Y recibirás una contestación en breve.
Gracias por tu confianza
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http://www.negligenciasmedicas.com/reclamaciones.html
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1º. - Al respeto a su personalidad, dignidad humana e intimidad sin que pueda ser discriminado por razones de raza, de tipo social, de sexo, moral, económico, ideológico, político o sindical.
2º. - A la información de los servicios sanitarios a que puede acceder, y sobre los requisitos necesarios para su uso.
3º. - A la confidencialidad de toda información relacionada con su caso y con su estancia en instituciones públicas y privadas que colaboren con el sistema público.
4º. - A ser advertidos si los procedimientos de diagnóstico y terapéuticos que se apliquen pueden ser utilizados en función del proyecto docente o de investigación, que en ningún caso podrá comportar peligro adicional para su salud. En todo caso, será imprescindible la previa autorización por escrito del paciente y de la aceptación por parte del médico y de la dirección del correspondiente centro sanitario.
5º. - A que se le dé en términos comprensibles, a él o a sus familiares o allegados, información completa y continuada, verbal y escrita sobre su proceso e incluyendo pronóstico, diagnóstico y alternativas de tratamiento.
6º. - A la libre elección de las opciones que le presente el responsable de su caso, siendo preciso el previo consentimiento escrito del usuario para la realización de cualquier intervención; excepto en los siguientes casos:
A) Cuando la "no intervención" suponga un riesgo para la salud pública.
B) Cuando no esté capacitado para tomar decisiones, en cuyo caso corresponderá a sus familiares o a personas allegadas a él.
C) Cuando la urgencia no permita demora por poderse ocasionar lesiones irreversibles o existir peligro de fallecimiento.
7º. - A que se le asigne un médico, cuyo nombre se le dará a conocer y que será su interlocutor principal con el equipo asistencial, y en cuya ausencia, otro facultativo asumirá su responsabilidad.
8º. - A que se le extienda un certificado acreditativo de su estado de salud; cuando su exigencia se establezca por disposición legal o reglamentaria.
9º. - A negarse al tratamiento, excepto en los casos señalados en el apdo. 6º, debiendo para ello solicitar el alta voluntaria, en los términos que se señalan en la propia Ley.
10º.- A participar a través de las instituciones comunitarias, en los términos establecidos en esta Ley y en las disposiciones que la desarrollen.
11º.- A que quede constancia por escrito de todo su proceso al finalizar su estancia en una institución hospitalaria. El paciente, el familiar o la persona allegada podrán recibir el informe de alta.
12º. - A utilizar las vías de reclamación y de sugerencias en los plazos que reglamentariamente se establezcan.
13º. - A elegir médico y los demás sanitarios titulados de acuerdo con las condiciones contempladas por esta Ley en las disposiciones que dicten para su desarrollo y en las que regulen el trabajo sanitario en los centros de salud.
14º. - A obtener medicamentos y productos sanitarios que se consideren necesarios para promover, conservar o restablecer la salud, en los términos que reglamentariamente se establezcan para la Administración del Estado.
Respetando al peculiar régimen económico de cada servicio sanitario los derechos contemplados en los apartados 1, 3, 4, 5, 6, 7, 9 y 11; de este artículo serán ejercidos también con respecto a los centros de servicios privados.
¿Cómo reclamar en los centros privados?
Lo más conveniente es dirigirse al responsable del centro, mejor por escrito; si no queda satisfecho con la respuesta, siempre puede acudir a los servicios de su comunidad autónoma.
Lo más frecuente es que la relación con los centros privados se haya establecido a través de un seguro sanitario, en cuyo caso los problemas y las posibles soluciones pueden venir por dos vías:
1ª. Si el problema ha surgido en relación con el profesional o el hospital concertado con la compañía de seguros. Por ejemplo: El médico no le ha tratado bien; en este caso deberá dirigirse tanto al propio centro como a la entidad aseguradora. Si pretende que el médico sea penalizado puede recurrir al Colegio de Médicos correspondiente. Desde la Asociación el Defensor del Paciente no recomendamos esta opción, ya que por nuestra experiencia hemos podido comprobar que el Colegio de Médicos exclusivamente defiende al médico, lo que se conoce como corporativismo.
2ª. Si el problema ha surgido con la aseguradora. Por ejemplo: Discrepancias con la cobertura del seguro; en este caso será cuestión estricta de Consumo, debiendo acudir al Servicio de reclamaciones de la Dirección Gral. de Seguros (las resoluciones de estos organismos no son vinculantes, pero sirven para solucionar los problemas planteados en caso de que decida acudir a los Tribunales).
Cuando los errores son tan graves que ocasionan perjuicios irreparables o de difícil solución, recomendamos acudir a la vía judicial, siempre y cuando no sea posible una solución de mutuo acuerdo y beneficiosa para el perjudicado. Lo mejor es consultar a un abogado especialista en temas médicos.
El INSALUD tiene contratado un seguro de responsabilidad civil que cubre los daños ocasionados por el personal sanitario. Poniendo los hechos en conocimiento del INSALUD se abrirá la oportuna investigación y en el plazo de tres meses debe obtener una respuesta.
Ante casos de mala atención por parte del personal sanitario, no dude en reclamar y exigir responsabilidades.
La responsabilidad de los daños producidos puede exigirse por tres vías diferentes (civil, penal y contencioso-administrativa); aunque en la práctica se observa que las dos primeras son las más utilizadas, lo mejor es consultar con un abogado sobre:
-Los beneficios de la vía civil, cuando se pretende una indemnización por parte del responsable (profesional médico que consideramos culpable o negligente).
-La rapidez y casi gratuidad, aunque menos profundidad, de la vía social.
Las ventajas de la víctima si se constituye en parte: ¿Qué es la querella, qué efectos tiene?, ¿Qué es la denuncia?, ¿Cómo se fórmula?, ¿Quién puede formularla?, ¿Ante quién se presenta y qué efectos tiene?. Plazos para la interposición de denuncias por la vía penal (pretensión de cárcel y/o inhabilitación) y lo poco recomendable que puede resultar en estos temas la vía del contencioso-administrativo.
Sucede en el 90 % de los casos y lo que debemos pedir a nuestro abogado es que solicite al juez un contraperitaje, ya que no estamos de acuerdo con el que se ha emitido.
También, informar al fiscal del caso.
En primer lugar, al interponer la demanda, tener constancia de todos los costes del proceso e incluirlos en la indemnización solicitada para que sea la parte contraria quien los asuma en el caso que dicha parte pierda el pleito. El abogado debe darnos información continuada sobre la marcha de las diligencias y las declaraciones de los médicos, si se hubiesen realizado.
En caso de que la denuncia fuese archivada, estar pendiente de que el abogado prepare el recurso pertinente en tiempo y forma (tiempo: el previsto por la Ley; forma: tipo de recurso procedente). En caso de no prosperar el recurso, debemos saber que disponemos de otra vía. Después de agotadas todas las vías podríamos hacernos con una nueva prueba, por ejemplo, un informe médico; ello sería suficiente para que pudiéramos solicitar la reapertura del caso.
En caso de no entendimiento con el abogado solicite la venia al Colegio de Abogados.
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