Traslado

Mi empresa va a trasladar el centro de trabajo a otra localidad dentro de la misma provincia, ¿tenemos los trabajadores, por ley, derecho a algún tipo de compensación económica o al establecimiento de un servicio de transporte?. La distancia del antiguo centro de trabajo al nuevo es de 17 km.
Valladolid

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Estamos ante un expediente por mayor tiempo invertido para el desplazamiento al nuevo centro de trabajo. Se tiene que derivar un perjuicio efectivo. De entrada la distancia al nuevo no es mucha que digamos, dado que la mayoría de la gente hoy en día se desplaza en automóvil, aunque ello no suponga en sí que no haya perjuicio.
Se puede negociar con la empresa el abono de los mayores gastos de transporte, de tiempo, etc. Es decir se puede reducir la jornada en ese tiempo nuevo que se emples, se puede pagar, o bien, se puede poner un autocar para el desplazamiento de los trabajadores. Pero repito, dada la distancia lo veo muy difícil. Se puede accionar individualmente, pero muy posiblemente será necesario un peritaje, lo que no es prueba concluyente. Si tenéis comité de empresa intentad negociar, siempre estáis a tiempo de reclamar si la medida os perjudica, dependerá de muchos factores: medios de comunicación y transporte, estado del tráfico, etc.
Esta empresa pertenece a artes gráficas, pero no tiene comité de empresa ya que somos unos 80. El convenio colectivo dice que la empresa deberá compensar al trabajador de acuerdo a la ley vigente, pero no dice cual es. La empresa dice que por ley no tiene porque compensar a los trabajadores, pero eso, no lo puedo verificar si no tengo la ley vigente. Gracias por tu colaboración. Saludos
Tened en cuenta que no estamos ante una movilidad geográfica propiamente dicha, sino ante un traslado de centro de trabajo dentro de la misma provincia, que de por si, dada la distancia, no implica cambio de residencia. Los gastos de traslado en caso de movilidad geográfica, si debe abonarlos la empresa e incluso dar la opción de rescindir el contrato con 20 días por año. Vuelvo a repetir, a 17 Km. Del centro de trabajo anterior, habrá que comprobar si efectivamente concurre, de foram indirecta, alguna modificación de las condiciones de trabajo y solicitar las indemnizaciones que correspondan. Dudo que el juez lo aprecie. No obstante, aque esperaís a formar un comité de empresa. Cuestiones como la que planteáis son más propias de negociación que de judicialización del tema. Siempre se puede obtener algún plus de distancia, de transporte, etc. En Barcelona, por ejemplo, donde mucha gente se desplaza a más de 17 Km. Para acudir al trabajo, difícilmente puede prosperar una demanda de estas características.

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