Duda sobre indemnización si familia de socio decide no seguir con la empresa tras fallecer

Buenas tardes.
Trabajo en una empresa, la cual tiene dos socios, (marido y mujer), el primero tiene el 56% de las participaciones y la esposa el resto, tiene dos hijos que trabajan en la empresa pero no tienen participciones, a su vez, el marido es administrador único, y solo él tiene firma en las cuentas corrientes de la empresa. Mi consulta es en caso que este hombre fallezca, y su familia no quisiera seguir con la empresa (que es lo más probable), laboralmente que tipo de indemnización nos pertenceria, seria despido colectivo por cierre patronal...
Un saludo.

1 Respuesta

Respuesta
1
Estás hablando de que los socios tienen participaciones, por lo tanto no trabajas para un autónomo, estaríamos hablando de que trabajas para una empresa con personalidad jurídica, es decir, una S.A., S.L.,... en este caso si fallece uno de los socios la empresa debe continuar funcionando con el resto de socios o herederos de las acciones ya que la empresa se mantienen por si misma, si la empresa cerrara tendrías derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado y si la empresa aparentemente cierra pero los mismos socios abren una nueva empresa con otro nombre pero siendo la misma (mismos medios de producción, mismos clientes, ...) tendrías derecho a la reincorporación a tu puesto de trabajo o a una indemnización de 45 días por año trabajado.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas