Sanción a un trabajador

Ante todo gracias por contestarme.
La pregunta seria la siguiente:
Se trata de un restaurante de dos tenedores, cuyo convenio colectivo es el de empresas de hostelería de la provincia de alicante.
Resulta que en el mismo no he encontrato ningún articulo referente a amonestaciones o sanciones a los empleados y estamos teniendo proplemas con uno de ellos y como soy nueva en esta profesión no se muy bien a que ley debo acudir en defecto del convenio que me aclare cuales son los supuesto de hecho que deben darse y en que circunstancias se debe hacerse una amonestación a un trabajador. Así como si fuera tan amable de faciliarme un modelo de comunicación al trabajador de las infracciones cometidas por este.
Gracias

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La legislación referente a las sanciones no se encuentra necesariamente en los convenios colectivos, si no en el ET. De todas formas el abogado o el graduado social, es el único profesional para interpretar la misma.
Como te comento, la legislación que estás buscando se encuentra en el Estatuto de los Trabajadores.
En ésta dirección te adjunto el modelo solicitado, insistiendo que para su redacción es necesaria que sea hecha por un graduado social o abogado, con el fin de que la misma no sea nula por defectos de forma.
http://blogdelmalo.blogspot.com/2007/05/carta-de-sancion-falta-grave-modelo.html
Espero haberte ayudado. Si la respuesta ha sido de tu agrado.

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