Baja por accidente y enfermedad

Hola buenas espero que me pueda resolver las siguientes dudas:
El caso es que trabajo en dos sitios, uno un supermercado y el otro una peluquería, cuando salia del supermercado para ir mi otro trabajo sufrí un accidente con la moto, por lo que me han comentado en el supermercado seria baja por accidente y en la peluquería seria baja por enfermedad, ¿es esto correcto? Estoy teniendo problemas en la peluquería por este tema de las bajas ya que me comenta que no se quiere hacer cargo por la baja de enfermedad. ¿De la baja de enfermedad quien se hace cargo de pagarme el sueldo? La peluquería o la seguridad social, ya que me dijeron que tengo para tres semanas o así y me gustaría saber si tengo derecho al 100% de mi sueldo o cobraría menos durante ese mes de baja.
Espero haberme explicado correctamente y perdón por el tocho.
Gracias y un saludo.

1 Respuesta

Respuesta
1
Pues en este caso has sufrido un accidente in itinere, es decir, durante el trayecto de ida o de vuelta del trabajo, si ambas empresas sabían que estabas pluriemplead@ y has realizado el trayecto habitual sería accidente de trabajo en ambas empresas,...
En cualquier caso como mínimo en una de las empresas sería accidente de trabajo y en la otra accidente no laboral.
Por otro lado las dos empresas deben pagarte el subisidio por baja laboral, en la que sea accidente (si es en las dos mejor) el 100% el primer día y a partir del segundo día el 75% de la base reguladora (B.R.), y en el de accidente no laboral nada los 3 primeros días, el 60% del 4º al 20º y el 75% de la B.R. del 21º en adelante.
Eso deben pagártelo como mínimo, y en función del convenio colectivo que tengas estas cantidades pueden ser mejoradas hasta el 100%.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas