Acto de conciliación

Hola, soy un poco novata en este tipo de tema, y me gustaría saber sobre un tema que te voy a comentar a continuación: es una empresa que ha despedido a un trabajador como si fuera un despido procedente, simplemente el trabajador percibe el finiquito sin indemnización, el trabajador no esta de acuerdo, y se produce un acto de conciliación en la que la empresa reconoce en el acta que es improcedente pero con readmisión del trabajador con abono de los salarios dejados de percibir debiendo incorporarse el trabajador a su puesto de trabajo y el trabajador no acepta por temer por su integridad física. Claro las dudas se me presentan si ¿la empresa le tiene que dar de alta en la seguridad social percibiendo la nomina del mes desde la tramitación del despido? Y si no se presenta el trabajador a su puesto la empresa que tiene que hacer. Porque el trabajador entiendo que no esta de acuerdo con la readmisión y lo denunciara. Estoy echa un lío, agradecería que me contestaras muchas gracias.

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La empresa debe darlo de alta otra vez desde el día de la fecha del despido(porque lo ha readmitido) aportando a la seguridad social, la papeleta de conciliación conforme le readmiten, porque sino no le dejarán realizar una alta retroactiva.
El trabajador debe reincorporarse (aunque no quiera) y si no se presenta, la empresa puede volver a hacer un despido por abandono del puesto de trabajo, y esta vez con razón.
Lo que debe hacer el trabajador es reincorporarse, y si le hacen "mobbing" o le modifican las condiciones de trabajo, entonces sí tiene que denunciar estos hechos (que son más graves) y la empresa, claro, tendría que ir a juicio y a ver que pasa.
Espero haberte ayudado, si tienes más dudas, no dudes en preguntarme.
Me ha quedado muy claro, te agradezco enormemente que me hayas ayudado con tus aclaraciones porque estaba echa un lio, eres un crack y menuda rapidez,... muchísimas gracias por todo un saludito.

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