Doble embargo pensión

hola según me dice si me pueden embargar la pensión dos entidades distintas sin ser por embargo de manutención que no es ese el caso.pero de ser así no están infringiendo el art.607 de la lec. Graciasias

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Los criterios no son homogéneos. Creo que por lo general se aplica un embargo y el siguiente se espera "en cola". Pero una lectura minuciosa de la Ley nos lleva a interpretar que una vez aplicados los descuentos habituales en la nómina queda un líquido, y sobre ese líquido se aplica el embargo conforme a la escala que dispone el art. 607 LEC. Pero una vez aplicada tal retención judicial queda un nuevo líquido, al cual se le puede aplicar nuevamente el art. 607 si supera el salario mínimo y siempre que se trate de embargo derivado de una ejecución distinta a la primera. Hay Juzgados que así lo aplican, e incluso he visto retenciones de la Seguridad Social también en esa línea.

gracias. no se si son los dos dela misma entidad si se que son los dos del juzgado de 1 istancia de illescas que debo de hacer y por otro lado estoy casado y mi mujer no trabaja hace años no se si eso ese puede aplicar como cargas familiares. muy agradecido

Los embargos, sin dos o más, pueden ser aplicados por procedimientos en que sean demandantes la misma entidad, pero siempre por deudas distintas, es decir, por préstamos, contratos o orígenes diferentes que no tengan que ver uno con el otro.

Las cargas familiares no tienen ningún efecto a su favor.

MUCHAS GRACIAS POR TODA LA AYUDA PRESTADA Y POR ESA LABOR ALTRUISTA QUE NOS AYUDA TANTO A ENTENDER ALGUNAS COSAS DE LO QUE ES LA KEY MUCHAS GRACIAS

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