No discriminación por razón de discapacidad

Buenas tardes

Tengo una duda que plantearle. Mi suegro es una persona con gran discapacidad que por sus ingresos no pudo acogerse en su momento a la Ley de Dependencia. Necesita en todo momento la asistencia de una persona que le ayude a realizar las tareas más básicas.Por su enfermedad de Parkinson es recomendable que desarrolle algunas actividades físicas suaves , por lo que se ha inscrito en un curso de natación al que acude en compañía de la persona que cuida de él habitualmente.Esa actividad se lleva a cabo en una piscina de carácter público dependiente de la Junta de Andalucía. En dicho centro no disponen de un cuidador que esté vigilando a mi suegro por lo que la persona que lo acompaña también entra en la piscina con él , lo vigila y le ayuda desde el agua. Teniendo en cuenta todo esto ¿es legal que quieran cobrale tambíen la cuota de la persona que lo acompaña y lo vigila ?

Al inscribirse , a mi suegro incluso le hicieron una prueban para ver qué limitaciones físicas tenía.Quiero recalcar por tanto que conocián de antemano la situación.

Gracias por adelantado .Un saludo.

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Si la normativa de las instalaciones no excluye expresamente el pago de las cuotas de los acompañantes en situación semejante a la de su suegro, si, es legal.

www.lopezcollado.es

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