¿Que ocurre si los demás herederos no aparecen?

Justamente es un tema notarial, por lo cual creo es ud.el mas indicado. Mi madre se casó en 2ª nupcias con señorx, señorx, fallece hace 1 mes, solicita mi madre últimas voluntades y aparece que no dejó pues testó, aparecen 5 testamentos, por tanto el más reciente es el válido, este señorx no tenía hijos, hermanos, solo 2 sobrinos en Venezuela, nosotros estamos en España y aquí tetó y falleció, el contenido de su ultimo testamento deja:1 propiedad a mi madre y los gananciales:a saber 1 apto. Residencia habitual de ambos, pero del resto de su herencia la deja a sus sobrinos, a saber 1 casa y 1 apartamento, me explica la abogado algo que no entiendo que es que si ellos no se hacen herederos mi madre no puede poner lo suyo a su nombre ¿es así? Ellos no van a venir a cobrar esa herencia(me dice la abogado que tienen que estar de acuerdo los 2 ya que su parte es indivisa)y se llevan fatal, no creo que se pongan de acuerdo para dar poderes a nadie, ¿al dejar de pagar los impuestos de estos inmuebles se los ¨¨comerᨨël estado? No les compensa el pago de heredar de tíos a sobrinos... Por tanto ¿eso queda así por los siglos de los siglos? ¿Mi madre no puede poner sus 2 propiedades a su nombre? ¿Debería pagar el impuesto sucesorio de todo y seguir pagando los impuestos o no hay ninguna forma de que le quedasen a ella? ¿Debería pactar la sesión de estas propiedades de ellos a ella? Por favor acláreme cuanto pueda. Gracias por su labor en esta página. Irene

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¿En el testamento se hace nombramiento de sustituto para el caso de no aceptar los sobrinos?.

si,amigo sus descendientes,mi madre acaba de ir al notario y le expone para evitar costes judiciales intentar acercamiento por las buenas

En contestación a sus cuestiones decir que el primer paso que estimamos procedente será comunicar y notificar el testamento a los llamados a la herencia (herederos), a fin de que manifiesten su voluntad de aceptar o renunciar, y una vez que se tenga esa información actuar en consecuencia, esto es, si todos aceptan, pues se firma la escritura de herencia, que alguno renuncia, habría que estudiar las sustituciones y que los sustitutos, en su caso, manifiesten su voluntad; que su madre es la única que quiere aceptar y los demás no se pronuncian, pues habría que acudir al juzgado correspondiente, pero esto sería la última opción, la casuística puede ser muy extensa en estos asuntos.

Sin otro particular.

¿es cierto que son 6 meses de plazo para manifestarse?como le explique residen en Venezuela y el impuesto sucesorio de tío a sobrinos es alto ¿puede mi madre a cambio de sus poderes ofrecerles dinero?,perdona la insistencia pero soy experta en 6 categorías y a veces necesito hasta 10 o más preguntas respuestas con los consultantes para resolverles su problema y ya son 4 años así que aunque ¨¨abuse¨¨de usted necesito respuesta a esto,lo siento y un abrazo.Irene

En contestación a su pregunta decir que seis meses es el plazo establecido para liquidar el impuesto sobre sucesiones, contados a partir del fallecimiento del causante, otra cosa es el plazo de manifestación de los llamados a la herencia, que en el caso de no manifestarse voluntariamente los que residan fuera del lugar del fallecimiento, el juez le otorgaría un plazo de 30 días desde la notificación judicial.

Por otro lado, mientras que no sepamos si aceptan o renuncian los otros herederos es difícil ofrecerles dinero, ya que si aceptan, sí que podrían acordar Vds. una compraventa o, en el caso de renunciar alguno de los llamados a la herencia, no habría contraprestación. Los poderes en este caso no tienen sentido, salvo que sea para aceptar o renunciar en nombre de otro a la herencia en cuestión.

Sin otro particular, y en espera de que le hayamos aclarado las dudas.

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Lo primero indicarle que su abogado es quien mejor conoce todo el asunto y quien mejor le puede ayudar.

Efectivamente si no hay aceptación de la herencia, no se puede poner la propiedad a nombre de su madre... Lo primero es negociar con estos sobrinos, bien para que acepten la herencia, bien para que renuncien... o para que ustedes se la compren...

Si no hay esta posibilidad, tendrán que entablar procedimiento judicial...

¿se puede negociar una renuncia de su herencia a favor de mi madre?ud.perdone,me ha aclarado ,mi abogado no es muy lumbreras.Lo planteo como posible pues el impuesto de sucesiones a mi madre le sale por poco pero a sobrinos de tío sale mucho ¿sería un poder u otro tipo de documento?o una renuncia a favor de......(la otra heredera,mi madre)ellos están en Venezuela,por lo menos por parte de 1 hay posibilidad de negociación ¿el plazo son 6 meses no?¿no sería lógico que mi madre entonces pagara la tramitación de todos los bienes de la herencia?Mire veo que ustedes tienen un bufete,yo vivo en un pueblo con abogados de pueblo,me gustaria contratarlos y pagar a traves de transferencias su orientación en este tema,para que se haga idea la abogada queria que mi madre declare las cuentas y que pasaran a formar parte de la herencia,cuando la realidad es que las hereda ella,pero si sigue el consejo de la abogada no podria tocarlo hasta la aceptacion de la herencia por todos con lo cual la dejaba sin dinero,hoy fue a los bancos y las puso a su nombre eran los 2 titulares¿se da usted cuenta de la ineptitud?gracias un saludo.Irene

Como ya le hemos comentado estas cuestiones son complejas... y para poder ayudarle de forma profesional (no gratuita), debe ponerse en contacto con nosotros http://www.abogadosedo.es/Contacto.html y facilitarnos sus datos identificativos y de contacto.

Lo primero es ponerse en contacto con ellos y ver que intentar tienen al respecto... en muchos casos, se puede solucionar mediante un poder notarial, para aceptar la herencia en su nombre... Puede que estén dispuestos a aceptar que ustedes les compren su parte... Normalmente es mas sencillo si lo hace un abogado, que la familia, con el calculo de todos los importes que les costaría la herencia y el potencial de recuperación de este dinero...

Ustedes tienen un plazo de 6 meses para liquidar el impuesto de sucesiones, puede intentarse presentarlo ustedes, pero se tendrían que hacer cargo del pago de los impuestos y si ellos no están dispuestos a pagar, esto complica la situación mucho de cara a recuperar el dinero de los impuestos y a negociar...

La abogada, les habrá indicado, que al ser una cuenta compartida, su madre solo puede disponer del 50 % de ese dinero, que el resto forma parte de la masa hereditaria...

Recuerden, ademas, que hay que presentar declaración de la renta del difunto en próximo año.

Le estoy muy agradecida por su profesionalidad,entiendo que la página es difícil para el abordaje de problemas complejos pues soy experta en psicología y 4 categorías más desde hace años y se necesitan conocer muchos datos para ofrecer la mejor solución.Un saludo.Irene

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