Compatibilidad de prestaciones
Buenas tardes,
tengo un familiar con una minusvalía reconocida en Castilla La MAncha, por la percibe una pensión no contributiva (esta en silla de ruedas y precisa ayuda de otra persona).
Ademas, se le reconoció una Gran Invalidez (grado III), conforme a la Ley de Dependencia.
Esta percibiendo ambos importes (que en suma no superan los 600 €).
Cuestión: ambas "ayudas", han sido unificadas por el mismo organismo en CLM, y ha sido notificada que una aportación (la otorgada por la Ley de Minusvalía, LISMI), se sera retirada y en el plazo de 1 mes tiene que devolver el dinero percibido en el año.
¿Es posible? La ley de dependencia reconoce en la D.Adicional 16ª, la compatibilidad de prestaciones. Y la pensión en base a la LISMI es vitalicia... Aunque tiene a desaparecer, ya no están aprobando esta pensión a minusválidos (pero una vez tienes el derecho reconocido, entiendo que no se puede quitar así como así, este familiar lleva unos 50 años en la misma situación).
Aprovecho para consultar también, que, La Ley de dependencia resolvió un grado de gran invalidez (grado III, nivel 1). Y le correspondería una ayuda de unos 400€. Sin embargo, desde su concesión le ingresan 300 y algo... Se puede reclamar el importe de la diferencia dejado de percibir por el "error" de la Administración, ¿con carácter retroactivo?
Le agradecería si me pueden informar al respecto.
Gracias de antemano.
tengo un familiar con una minusvalía reconocida en Castilla La MAncha, por la percibe una pensión no contributiva (esta en silla de ruedas y precisa ayuda de otra persona).
Ademas, se le reconoció una Gran Invalidez (grado III), conforme a la Ley de Dependencia.
Esta percibiendo ambos importes (que en suma no superan los 600 €).
Cuestión: ambas "ayudas", han sido unificadas por el mismo organismo en CLM, y ha sido notificada que una aportación (la otorgada por la Ley de Minusvalía, LISMI), se sera retirada y en el plazo de 1 mes tiene que devolver el dinero percibido en el año.
¿Es posible? La ley de dependencia reconoce en la D.Adicional 16ª, la compatibilidad de prestaciones. Y la pensión en base a la LISMI es vitalicia... Aunque tiene a desaparecer, ya no están aprobando esta pensión a minusválidos (pero una vez tienes el derecho reconocido, entiendo que no se puede quitar así como así, este familiar lleva unos 50 años en la misma situación).
Aprovecho para consultar también, que, La Ley de dependencia resolvió un grado de gran invalidez (grado III, nivel 1). Y le correspondería una ayuda de unos 400€. Sin embargo, desde su concesión le ingresan 300 y algo... Se puede reclamar el importe de la diferencia dejado de percibir por el "error" de la Administración, ¿con carácter retroactivo?
Le agradecería si me pueden informar al respecto.
Gracias de antemano.
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Respuesta de dixen_eu
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