Vecina muy ruidosa

Buenas tardes,
Hace unas semanas le consulté por un problema de ruidos vecinales. Mi vecina de abajo trabaja en el calzado y utiliza una máquina de aparar y martillo con el que hace muchísimo ruido durante todo el día. Me comentó que la denunciase al ayuntamiento por el tema de abuso de propiedad y contaminación acústica.
Pues bien, en resumen me han contestado lo siguiente
Se presentó el agente de la Brigada Verde de la Policía Local y observó que la persona se encuentra realizando labores de aparado de calzado, con una máquina de aparar en una de las estancias, también observó dos pequeños botes de cola que usa para las laboraes de doblado. En ningún momento se perciben olores.
Se le indica que, en su caso particular, el hecho ocurrido no es asunto competencia de esta concejalía debido a que se trata de una sola máquina y el volumen de productos químicos es pequeño. Para este tipo de conflictos debe encontrarse una solución de manera privada, o a través de los Juzgados por la vía civil.
También la denunciamos a la Inspección de Trabajo, que nos ha contestado que al ser un domicilio no pueden entrar ya que la ley dice que sólo se puede entrar en una vivienda en caso de flagrante delito.Y que lo denuncienmos en el Ayuntamiento.
Como ve, no me han dado ninguna solución. Parece que no hay problemas en montarte un mini taller en tu casa y hacer todo el ruido que te parezca.
Quería pedirle consejo sobre qué opciones tenemos ahora. ¿Tendríamos qué resignarnos? Como ya le comenté ya hablamos en muchas ocasiones con la vecina. Le pedí que insonorizase esa habitación o que por lo menos trabajase de 7 a 4 de la tarde. Pero no está dispuesta a ceder en nada y parece que tiene le ley a su favor.Si la denunciásemos por vía judicial y no nos diesen la razón ¿tendríamos qué pagar las costas del proceso?
Muchísimas gracias de antemano

1 respuesta

Respuesta
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Como le indiqué en la consulta anterior, la Comunidad no puede mirar para otro sitio porque precisamente esa es una de las funciones que tiene el presidente de la misma, vía que yo agotaría antes de acudir a la vía jurisdiccional.
Evidentemente si presentan una denuncia y su pretensión fuera desestimada, aunque yo personalmente tengo mis dudas que así fuese, les condenarían en costas, por aplicación de la teoría del vencimiento objetivo del artl. 398 de la Ley de Enjuiciamento Civil.
Por contra si la razón se la otorgase el juez, cesaría toda actividad y las costas las abonaría ella.
Ruego cierre la pregunta y valore

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