Accidente de Tráfico en Moto.

Hola,Vivimos en La Mata y mi consulta es la siguiente.

Mi hijo ha tenido un accidente en moto, ocasionado por un conductor que no respetó un STOP, En el atestado, así lo acredita.

La moto esta asegurada en €3000.- según reza en la póliza,ahora bien, la compañía de seguros del causante del accidente,que lamentablemente es la misma que tenemos nosotros, solo nos quiere dar €1500.- cuando la reparación del vehículo es de €4200.-

Mi hijo desea reparar la moto por razones personales.

Mi pregunta es: ¿Esta obligada la Cía. De seguros a pagar los gastos ocasionados por no tener la moto? O sea TODOS, me refiero a ir al médico, Instituto, salidas ocasionales con sus amigos, que habitualmente hacía con su moto, y ahora en taxi, ya que no tiene por que cambiar sus hábitos de vida, dejando de lado la indemnización por daños físicos (TCE GCS 6 puntos grave,Fractura de cervical,Herida anfractuosa en pie y fractura de clavícula) que serán reclamados en su momento.

Desde ya muchas gracias por su consejo

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Si que está obligada, siempre que se acrediten y tengan relación directa con los daños y perjuicios ocasionados por el accidente. Por ponerle un ejemplo, pagarían una factura de taxi siempre que en la misma se especifique el trayecto de casa al hospital.

No obstante, le recomiendo que ponga el asunto en manos de un abogado especialista en accidentes de tráfico externo a las compañías aseguradoras, a fin de que vele por sus intereses y reclame adecuadamente por todos los daños y perjuicios.

Reciba un saludo. Estoy a su disposición en:

http://alicante-indemnizacion-accidente.artaban.es


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