Prescripción letra tras sentencia

Buenas tardes,

Negocie una letra que luego no me pagaron de modo que el banco nos demando a los dos a quien tenia que pagarme y a mi por negociarla. El juez nos condeno a los dos a pagar la deuda. Se que una letra prescribe a los 4 años pero no se si es igual tras la sentencia. Como las deudas son d 15 años. No me han vuelto a notificar nada tampoco en boletines oficiales. La sentencia fue sobre el año 2000.

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No es exactamente como usted dice pero no vamos a entrar en prescripciones porque ya no tiene interes en su caso.

Aunque la sentencia sea de 2000, no significa que el asunto haya prescrito. Habría que ver si han ejecutado la Sentencia. Si no lo han hecho, sí que habría prescrito pero dudo que no la hayan ejecutado.

Si la han ejecutado, el asunto ya no prescribe y la deuda la seguirá teniendo usted. Ellos en cualquier momento pueden pedir averiguación de sus bienes para embargar.


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