Bra bancaria

Hola,
Tengo un depósito y una hipoteca de importe inferior en una caja de ahorros.
Qué pasaría si la caja de ahorros no pudiese devolverme mi dinero. ¿Quedaría compensada la deuda hipotecaria que queda pendiente con el dinero que no me devolverían? ¿O por lo contrario tendría que seguir pagando hipoteca aunque ellos me debiesen un importe superior a mi deuda? No entro en consideración con que el fondo de garantía restituyera mi capital, porque entiendo que, en un supuesto así, le pasaría lo mismo a mucha gente y éste no se podría hacer cargo del dinero de tantos ahorradores.
Muchas gracias por adelantado.

1 Respuesta

Respuesta
1
La pregunta puede tener tantos matices que bien se podría escribir un libro. No obstante, le diré que cada contrato debe de cumplirse de forma independiente.
Cuando Ud. dice: "no me puede devolver mi dinero", yo entiendo antes la entidad debe de pasar por un procedimiento legal de Concurso de Acreedores, sujeto a la legislación concursal.
Bien, llegado a ese punto, le puedo decir que esa regulación rompe con muchos de los principios del resto del ordenamiento jurídico. En esos procesos, los acreedores (como Ud) organizados pueden llegar a acuerdos de compensación, pero es solo una posibilidad, muy razonable, pero no necesariamente la que hubiere de darse. En el concurso de acreedores es esencial el acuerdo entre acreedores, empresa, administrador concursal y órgano judicial (la ley establece diferentes quorums para cada supuesto).
Debido a que las entiades bancarias tiene una regulación más específica, y de que estamos en una economía global, y además somos miembros de la U.E. las consecuencias de su planteamiento exceden incluso de la legislación española, incluso de orden político y social.
El temor que Ud. creo que no tenemos muchas personas, es de tal gravedad y importancia, que la simple ley no es suficiente respuesta, aunque evidentemente es la herramienta esencial.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas