Moto procedente de sorteo, ¿Hay que matricularla?

me ha tocado un scooter en un sorteo, deseo venderla, estaría obligado a matricularla antes?

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El Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, impone la obligación de matricular todos los vehículos a motor de dos ruedas, por consiguiente, está obligado a su matriculación.

Por otro lado, está igualmente obligado a realizar una declaración a la Hacienda Pública por haber obtenido un incremento de patrimonio de un premio que no está exento de pago.

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